Conocimiento

Pequeñas instalaciones fotovoltaicas: aclaración sobre la exención fiscal

Para las pequeñas instalaciones fotovoltaicas se aplica una exención fiscal. Ahora se unifican legalmente los valores y se introduce una aclaración. Esto es lo que cambia: con la modificación, la potencia bruta máxima admisible para la aplicación de la exención fiscal

3 min de lecturaActualizado: 2024-12-11

Para las pequeñas instalaciones fotovoltaicas se aplica una exención fiscal. Ahora se unifican legalmente los valores y se introduce una aclaración.

Lo que cambia

Con la modificación se unifica la potencia bruta máxima admisible de 30 kW (peak) por unidad residencial o comercial para todos los tipos de edificios a efectos de la aplicación de la exención fiscal.

Hasta ahora, en determinados edificios el límite era de solo 15 kW (peak). Como hasta la fecha, la potencia bruta total no podrá superar los 100 kilovatios (peak) por contribuyente o comunidad de socios partícipes.

Además, se aclara que la exención fiscal constituye un límite de exención (Freigrenze) y no una cantidad exenta (Freibetrag).

Entrada en vigor

Se aplica por primera vez a las instalaciones adquiridas, puestas en funcionamiento o ampliadas después del 31.12.2024.

Impuesto de sucesiones que no puede pagarse: no es necesario vender inmuebles residenciales

Quien solo pudiera pagar el impuesto de sucesiones vendiendo los inmuebles residenciales heredados puede solicitar un aplazamiento del impuesto.

Antecedentes

Previa solicitud, se concede un aplazamiento de hasta 10 años en la medida en que el adquirente solo pueda satisfacer el impuesto mediante la enajenación del inmueble que habita.

La regulación anterior de aplazamiento solo abarcaba inmuebles que:

  • en el momento de la adquisición estaban arrendados con fines residenciales y
  • cumplían los requisitos de la correspondiente norma de exención fiscal.

Lo que cambia

Con las modificaciones, la regulación de aplazamiento se amplía a todos los casos en los que el inmueble se destine a fines residenciales.

En particular, la nueva regulación incluye ahora también los casos en los que el inmueble utilizado por el causante o donante se arrienda con fines residenciales tras la sucesión o donación.

También se incluyen ahora todos los casos de uso para fines residenciales propios, con independencia del tipo de inmueble, por ejemplo, una vivienda en un edificio plurifamiliar (inmueble de viviendas en alquiler).

En el caso de inmuebles situados en terceros Estados, el aplazamiento solo podrá concederse si se garantiza, en relación con el impuesto de sucesiones, el intercambio de información con dicho tercer Estado, así como la posibilidad de cobro de los créditos fiscales correspondientes. Si el intercambio de información o el cobro en el tercer Estado dejan de estar garantizados, el aplazamiento finaliza de inmediato. A este respecto, el BMF deberá publicar en el futuro una lista actualizada periódicamente de los Estados que cumplen estos requisitos.

Entrada en vigor

Se aplica a partir del día siguiente a su publicación.

Impuesto sobre bienes inmuebles: posibilidad de acreditar un valor inferior del inmueble

Conforme al denominado modelo federal, el valor a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles se calcula mediante valores a tanto alzado. Ahora se introduce la posibilidad de acreditar un valor común inferior.

Antecedentes

El BFH ha resuelto en 2 procedimientos que los contribuyentes deben tener la posibilidad, en casos concretos, de acreditar un valor de su inmueble inferior al valor determinado a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles. Conforme a esta jurisprudencia, el valor determinado no puede superar el valor común inferior acreditado en un 40 % o más.

Lo que cambia

Legalmente se regula ahora que en tales casos debe aplicarse el valor común inferior. A estos efectos también podrá tenerse en cuenta un precio de compra acordado en el tráfico mercantil ordinario en el plazo de un año antes o después de la fecha principal de determinación del valor.

Entrada en vigor

Se aplica a partir del día siguiente a su publicación.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Hasta qué potencia están exentas de impuestos las pequeñas instalaciones fotovoltaicas?

    La exención fiscal para instalaciones fotovoltaicas se aplica de forma uniforme a sistemas con una potencia bruta máxima admisible de 30 kW (peak) por unidad residencial o comercial, con independencia del tipo de edificio. Por cada contribuyente o comunidad de empresarios (Mitunternehmerschaft) puede instalarse un total máximo de 100 kW (peak). El límite anterior de 15 kW (peak) en determinados edificios queda, por tanto, suprimido.

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  • ¿La exención fiscal para instalaciones fotovoltaicas es un mínimo exento o un límite de exención?

    Se trata de un límite de exención (Freigrenze), no de un mínimo exento (Freibetrag). Esto significa que, si se supera el límite de potencia admisible, la exención fiscal se pierde por completo y no solo respecto a la parte que excede dicho límite. Esta aclaración ha quedado ahora consagrada en la ley.

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  • ¿A partir de cuándo se aplican las nuevas disposiciones sobre la exención fiscal para instalaciones fotovoltaicas?

    Los límites de potencia unificados y la aclaración como límite de exención (Freigrenze) se aplican por primera vez a instalaciones que se adquieran, se pongan en funcionamiento o se amplíen después del 31/12/2024. Para las instalaciones anteriores siguen siendo válidas las disposiciones vigentes hasta ahora.

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  • ¿Cuándo puede aplazarse el Erbschaftsteuer (impuesto sobre sucesiones) en el caso de inmuebles residenciales heredados?

    Previa solicitud, se concede un aplazamiento de hasta 10 años cuando el heredero solo pudiera pagar el Erbschaftsteuer mediante la venta del inmueble residencial heredado. La normativa de aplazamiento se ha ampliado a todos los casos en que el bien inmueble se destina a fines residenciales, incluido el arrendamiento posterior a la herencia y el uso residencial propio, con independencia del tipo de inmueble.

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  • ¿Qué particularidades se aplican al aplazamiento del impuesto sobre sucesiones para inmuebles situados en terceros países?

    Para bienes inmuebles ubicados en terceros países, el aplazamiento solo se concede si están garantizados el intercambio de información fiscal y el cobro de créditos con dicho Estado. Si deja de cumplirse alguno de estos requisitos, el aplazamiento finaliza de inmediato. El BMF tiene previsto publicar al respecto una lista de países actualizada periódicamente.

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  • ¿Se puede acreditar un valor de mercado inferior frente al valor de base del impuesto sobre bienes inmuebles (Grundsteuerwert)?

    Sí. Conforme a la nueva normativa, los contribuyentes pueden acreditar un valor común inferior de su inmueble, que será el aplicable. Como prueba también sirve un precio de compraventa realizado en el tráfico mercantil ordinario dentro del año anterior o posterior a la fecha de valoración principal. El Grundsteuerwert fijado no puede superar el valor acreditado en un 40 % o más.

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