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Liquidaciones tributarias: en el futuro, presunción de notificación a los 4 días

Se amplían las reglas de presunción para la notificación de actos administrativos. Antecedentes: el legislador ha ampliado los plazos de entrega para el envío de cartas. Por ello, también ha sido necesario adaptar las reglas de presunción para

4 min de lecturaActualizado: 2024-12-11

Se amplían las reglas de presunción para la notificación de actos administrativos.

Antecedentes

El legislador ha ampliado los plazos de entrega para el envío de cartas. Por ello, también ha sido necesario adaptar las reglas de presunción para la notificación de actos administrativos en distintos ámbitos jurídicos.

Qué cambia

Para ajustar las reglas de presunción sobre la notificación de actos administrativos a los plazos de entrega ampliados, estas se modifican de 3 a 4 días.

Si el final del nuevo plazo de 4 días recae en sábado, domingo o festivo oficial, el vencimiento se traslada al final del siguiente día hábil, igual que con el anterior plazo de 3 días.

Ejemplo: una liquidación tributaria se entrega al correo un martes (4.3.). El 4.º día sería un sábado (8.3.). La liquidación se considera notificada el lunes de la semana siguiente (10.3.). El plazo para recurrir vence con la finalización del 10.4.

Lo mismo se aplica al plazo para interponer demanda.

Entrada en vigor

La nueva regulación se aplica a todos los actos administrativos que se entreguen al correo, se transmitan electrónicamente o se pongan a disposición electrónicamente para su consulta después del 31.12.2024.

Nota

Según el proyecto del Gobierno, en el futuro también debería ser posible la notificación de una liquidación tributaria en sábado. Sin embargo, el Bundestag no ha asumido esta disposición.

Se reforma el régimen de pequeños empresarios

El llamado régimen de pequeños empresarios se reordena en varios aspectos. Entre otras cosas, los empresarios pueden ahora acogerse a la exención fiscal en otros países de la UE.

Qué cambia

Hasta ahora, solo los empresarios establecidos en Alemania podían aplicar el régimen de pequeños empresarios conforme al § 19 UStG. La nueva regulación permite ahora también a empresarios de otros países de la UE aplicar este régimen en Alemania.

Para que un empresario establecido en Alemania pueda acogerse a la exención fiscal en otro Estado miembro de la UE, se ha introducido un procedimiento especial de notificación. La autoridad competente es el Bundeszentralamt für Steuern (BZSt). Los empresarios participantes deben comunicar trimestralmente sus operaciones por vía electrónica al BZSt.

En Alemania, las operaciones de los pequeños empresarios están exentas del impuesto sobre el volumen de negocios. Anteriormente, el impuesto no se recaudaba, lo que suponía una sujeción fiscal de principio. Ahora se trata de una verdadera exención sin derecho a deducción del IVA soportado.

Requisito es que el volumen de negocios

  • no haya superado 25.000 EUR en el año anterior y
  • no supere 100.000 EUR en el año en curso.

Si se supera el límite inferior de 25.000 EUR, el régimen no podrá aplicarse en el año siguiente. Un límite superior de 100.000 EUR permite mantener el régimen durante el año en que se supere. Si el volumen de negocios supera este valor superior, se aplica la tributación ordinaria a partir de ese momento.

Si el empresario inicia su actividad mercantil o profesional, el volumen de negocios total en el año natural en curso no podrá superar los 25.000 EUR. Ya la operación con la que se supera el límite queda sujeta a la tributación ordinaria. Las operaciones realizadas hasta el momento del rebasamiento están exentas.

Nota

En el UStDV se introduce un nuevo § 34a UStDV para facturas simplificadas de pequeños empresarios (no confundir con las facturas de importe reducido).

Además, es especialmente importante que los pequeños empresarios no estén obligados a emitir facturas electrónicas. Sin embargo, deben estar en condiciones de recibir facturas electrónicas.

Entrada en vigor

A partir del 1.1.2025.

Comienza la fase de prueba del nuevo procedimiento de presentación digital de justificantes

La digitalización de la presentación de justificantes pretende simplificar el proceso de declaración y liquidación tributaria. Por ello, a finales de año varias oficinas tributarias de Baviera inician la fase piloto del nuevo procedimiento «RABE» para la presentación de justificantes a través de Mein ELSTER.

Con «RABE» se ha desarrollado un nuevo procedimiento para la referencia a justificantes dentro del consorcio KONSENS. El procedimiento complementa las opciones existentes para presentar justificantes electrónicamente o por correo postal a requerimiento de las oficinas tributarias. Además, en el futuro los justificantes podrán adjuntarse directamente al elaborar la declaración del impuesto sobre la renta en Mein ELSTER y asignarse a determinados campos de entrada.

La función «RABE» estará disponible en Mein ELSTER y en otros productos de software compatibles con «RABE» por primera vez en la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al período impositivo 2023.

La fase piloto del nuevo procedimiento «RABE» comenzará previsiblemente a finales de este año en oficinas tributarias bávaras seleccionadas (Augsburg-Stadt, Erlangen, Memmingen-Mindelheim y Nürnberg Nord). Posteriormente, el tratamiento de declaraciones del impuesto sobre la renta con justificantes referenciados se irá extendiendo de forma progresiva a todas las oficinas tributarias del país.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿A partir de cuándo se aplica la presunción de notificación de 4 días para las liquidaciones tributarias?

    La nueva presunción de notificación de 4 días se aplica a todos los actos administrativos que, después del 31.12.2024, se entreguen al servicio postal, se transmitan electrónicamente o se pongan a disposición electrónica para su consulta. Sustituye al anterior plazo de 3 días y se ha adaptado a los plazos de entrega postal ampliados.

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  • ¿Qué ocurre si el final del plazo de 4 días cae en fin de semana o festivo?

    Si el final del plazo de 4 días cae en sábado, domingo o festivo oficial, el vencimiento se traslada al final del siguiente día hábil. Por ejemplo, si una notificación se envía por correo un martes y el cuarto día fuera un sábado, se considera notificada el lunes siguiente. Solo a partir de ese día comienzan a correr los plazos de recurso (Einspruch) y de demanda judicial.

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  • ¿Qué límites de facturación se aplican a partir de 2025 para el régimen de pequeños empresarios (Kleinunternehmerregelung) según el § 19 UStG?

    A partir del 1.1.2025, la facturación no podrá superar los 25.000 EUR en el año anterior ni los 100.000 EUR en el año en curso. Si se supera el límite de 25.000 EUR del año anterior, el régimen queda excluido para el año siguiente. Si se supera el límite de 100.000 EUR durante el año en curso, se aplica la tributación ordinaria desde ese momento.

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  • ¿Pueden también los empresarios de otros países de la UE acogerse al régimen alemán de pequeños empresarios (Kleinunternehmerregelung)?

    Sí, a partir del 1.1.2025, los empresarios establecidos en otros Estados miembros de la UE también podrán aplicar la Kleinunternehmerregelung en Alemania. A la inversa, los empresarios alemanes podrán acogerse a la exención fiscal en otros países de la UE, pero para ello deberán participar en un procedimiento especial de notificación ante el Bundeszentralamt für Steuern y declarar sus operaciones de forma electrónica con periodicidad trimestral.

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  • ¿Los Kleinunternehmer (pequeños empresarios) deberán emitir y recibir facturas electrónicas a partir de 2025?

    Los Kleinunternehmer están exentos de la obligación de emitir facturas electrónicas. No obstante, deben estar en condiciones de recibirlas. Además, en el § 34a UStDV se ha introducido una regulación simplificada de facturación específica para Kleinunternehmer, que no debe confundirse con las facturas de importe reducido (Kleinbetragsrechnungen).

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  • ¿Qué es el nuevo procedimiento «RABE» para la presentación digital de justificantes?

    «RABE» es un nuevo procedimiento de referenciación de justificantes en el sistema KONSENS que facilita la presentación electrónica de comprobantes a través de Mein ELSTER. Los justificantes pueden adjuntarse directamente al elaborar la declaración del Einkommensteuer (impuesto sobre la renta) y asignarse a campos concretos del formulario. La fase piloto comienza en oficinas tributarias seleccionadas de Baviera para el período impositivo 2023; posteriormente está previsto que el procedimiento esté disponible en toda Alemania.

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