La bonificación fiscal para empleados que reciben participaciones en la empresa se amplía con efecto retroactivo a más supuestos.
Lo que cambia
Con la nueva regulación, el ámbito de aplicación de la bonificación fiscal para las participaciones patrimoniales de los trabajadores se extiende también a la transmisión de participaciones en empresas del grupo.
De este modo, no solo pueden tributarse de forma diferida las retribuciones en especie derivadas de participaciones patrimoniales cuando se entregan participaciones en la empresa del empleador, sino también cuando se transmiten participaciones en empresas vinculadas.
No obstante, la participación en una empresa del grupo solo puede transmitirse con la bonificación fiscal si
- no se superan los umbrales del § 19a Abs. 3 EStG en relación con el conjunto de todas las empresas del grupo y
- la constitución de ninguna empresa del grupo se remonta a más de 20 años.
Entrada en vigor
Esto se aplica con efecto retroactivo desde el período impositivo de 2024.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Qué ampliación se aplica a la ventaja fiscal para participaciones de empleados según § 19a EStG?
La tributación diferida del beneficio en especie derivado de participaciones patrimoniales ya no se aplica únicamente a las participaciones en la empresa del empleador, sino también a las participaciones en empresas vinculadas del grupo. Así, los trabajadores pueden beneficiarse de la ventaja fiscal incluso cuando se les transfieren participaciones de otra sociedad del grupo.
¿Qué requisitos rigen para la transmisión fiscalmente bonificada de participaciones en grupos de sociedades según el § 19a EStG?
Los umbrales del § 19a Abs. 3 EStG no pueden superarse considerando el conjunto de todas las sociedades del grupo. Además, la constitución de ninguna de las sociedades del grupo puede haber tenido lugar hace más de 20 años.
¿Desde cuándo se aplica la ampliación del § 19a EStG a las participaciones en sociedades del grupo?
La normativa se aplica con efecto retroactivo a partir del período impositivo 2024. Por tanto, puede aplicarse a las transmisiones de participaciones correspondientes desde el inicio de dicho período impositivo.
¿Qué significa la tributación diferida en las participaciones empresariales de los trabajadores?
La ventaja patrimonial derivada de la transmisión gratuita o a precio reducido de participaciones empresariales no se grava en el momento de la transmisión. La tributación se produce en un momento posterior, por ejemplo, en caso de venta de las participaciones, finalización de la relación laboral o tras el transcurso de un plazo legalmente establecido.