Las técnicas de comunicación cada vez más modernas han hecho que en los últimos años trabajar desde casa sea cada vez más popular. A ello se sumó el año pasado la pandemia de la COVID-19, que ha reforzado esta tendencia, aunque no de forma del todo voluntaria. Por este motivo, resulta importante para los contribuyentes conocer las posibilidades de deducción del despacho doméstico (häusliches Arbeitszimmer).
Criterios para el despacho doméstico
Según el BFH, un despacho doméstico debe cumplir los siguientes principios (XI R 89/00, BStBl II 2003, 185):
- Espacio que, por su ubicación, función y equipamiento, esté integrado en la esfera doméstica del profesional (p. ej., como parte de la vivienda privada).
- Destinado principalmente a la realización de trabajos intelectuales, de redacción, administrativos u organizativos.
- Utilizado casi exclusivamente con fines profesionales (más del 90 %).
- El despacho doméstico debe estar separado del resto de la vivienda por puerta y paredes (no se admiten cortinas) — VIII R 10/12, BStBl II 2016, 881.
Es importante tener en cuenta que deben cumplirse todos los criterios; de lo contrario, el Finanzamt (administración tributaria alemana) no reconocerá el espacio como despacho doméstico. En consecuencia, no se permitiría la deducción de los gastos.
Asimismo, se consideran perjudiciales para la calificación como despacho doméstico los siguientes criterios:
- Habitación de paso.
- Objetos privados (p. ej., televisor, piano, armario ropero, literatura privada, etc.). Sí se admiten: sofá, cama plegable, etc.
- «Rincón de trabajo» (p. ej., en el salón, debido al uso predominantemente privado).
Posibilidades de deducción del despacho doméstico
- Deducción íntegra del despacho doméstico
Para una deducción íntegra de los gastos generados, el despacho doméstico debe constituir además el centro de toda la actividad empresarial y profesional (cf. § 4 Abs. 5 Nr. 6b frase 3 EStG). Existe un centro de la actividad empresarial y profesional cuando se cumplen las características cualitativas, es decir, cuando el contribuyente realiza en el despacho doméstico las actuaciones y prestaciones que caracterizan su profesión. El tiempo dedicado en el despacho doméstico solo desempeña un papel secundario. No obstante, constituye una excepción el caso en que existan dos puestos de trabajo cualitativamente equivalentes (despacho doméstico y lugar de trabajo externo). En este supuesto concreto, la perspectiva cuantitativa adquiere relevancia, de modo que puede asumirse un centro de actividad cuando se trabaja más de la mitad de la jornada en el despacho doméstico. Un ejemplo sería un desarrollador de software que trabaja tres días a la semana en el despacho doméstico y dos días en su empresa de software. Queda categóricamente excluido un centro de actividad en el caso de docentes, agentes comerciales, arquitectos y jueces.
- Deducción limitada del despacho doméstico hasta 1.250 €
La deducción limitada es posible cuando el contribuyente no dispone de otro puesto de trabajo. En este caso, se admite una deducción de hasta 1.250 € anuales. Es importante tener en cuenta que no se trata de un importe a tanto alzado, sino que solo pueden deducirse los gastos efectivamente incurridos. Durante la pandemia de la COVID-19 (01.03.2020 – 31.12.2021) se estableció adicionalmente que, cuando un trabajador por cuenta ajena se trasladaba al teletrabajo por recomendación del Gobierno Federal, tampoco disponía de otro puesto de trabajo. Por lo tanto, sería posible una deducción de 1.250 €.
Tanto alzado por teletrabajo (Homeoffice-Pauschale)
El tanto alzado por teletrabajo se aprobó para el período de la pandemia de la COVID-19 (01.01.2020 – 31.12.2020) y pretende beneficiar a todo contribuyente (§ 4 Abs. 5 Nr. 6b frase 4 EStG). Por este motivo, también se permite su utilización sin disponer de un despacho doméstico. Pueden computarse 5 € por día en teletrabajo (máx. 120 días o 600 €). Sin embargo, es requisito para el tanto alzado por teletrabajo que no se haya efectuado ninguna deducción conforme a las frases 2 y 3 del § 4 Abs. 5 Nr. 6b (deducción íntegra o deducción parcial hasta 1.250 €).
¿Qué gastos son deducibles?
Entre los gastos deducibles del despacho doméstico se encuentran:
- Alquiler (si se trata de una vivienda en alquiler).
- Gastos accesorios (p. ej., electricidad, agua, gas).
- Gastos de limpieza (p. ej., personal de limpieza).
- Seguros (seguro del hogar, seguro del edificio).
- Recogida de basuras y tasas de deshollinador.
- Impuesto sobre bienes inmuebles (Grundsteuer).
- Amortizaciones del edificio (si la vivienda es de propiedad).
- Intereses de préstamos para la financiación o reparación de la vivienda.
Al deducir los gastos mencionados, el despacho debe ponerse en relación con el conjunto de la vivienda, de modo que los gastos solo pueden deducirse proporcionalmente en función de los m² del despacho. Es posible una deducción íntegra de aquellos gastos del espacio que afecten exclusivamente al despacho doméstico. Ejemplos serían papeles pintados, alfombras, cortinas, etc. No se incluyen entre los gastos deducibles del espacio los medios de trabajo adquiridos por el contribuyente. Estos pueden deducirse íntegramente dentro del límite de los GWG (bienes de escaso valor; 800 €) o amortizarse a lo largo de su vida útil si superan dicho límite.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Qué criterios debe cumplir un despacho doméstico a efectos fiscales?
El despacho debe estar integrado en el ámbito doméstico, servir principalmente para tareas intelectuales, escritas u organizativas y utilizarse en al menos un 90 % para fines profesionales. Debe estar separado del resto de la vivienda mediante puerta y paredes; las cortinas no son suficientes (BFH VIII R 10/12). No se admite un 'rincón de trabajo' en el salón ni una habitación de paso, así como tampoco un espacio con objetos privados como televisor o armario ropero.
¿Cuándo se permite la deducción íntegra de los gastos del despacho doméstico (häusliches Arbeitszimmer)?
La deducción ilimitada procede cuando el despacho constituye el centro de toda la actividad empresarial y profesional (§ 4 Abs. 5 Nr. 6b S. 3 EStG). Son decisivos los criterios cualitativos, es decir, si las tareas que definen la profesión se realizan en dicho espacio. En caso de dos lugares de trabajo cualitativamente equivalentes, importa si más de la mitad del tiempo laboral se dedica en el despacho. En profesores, agentes comerciales, arquitectos y jueces se descarta que ese sea el centro de la actividad.
¿Cuándo se aplica la deducción limitada de hasta 1.250 € por el despacho en casa?
La deducción limitada de hasta 1.250 € anuales es posible cuando el contribuyente no dispone de otro puesto de trabajo. No se trata de una cantidad a tanto alzado, sino que solo pueden deducirse los gastos efectivamente incurridos hasta dicho importe máximo. Durante la pandemia de coronavirus (01.03.2020–31.12.2021), el teletrabajo recomendado por el Gobierno Federal se consideró un caso en el que no se disponía de otro puesto de trabajo.
¿Cómo funciona la tarifa plana por teletrabajo (Homeoffice-Pauschale) y a quién se aplica?
La tarifa plana por teletrabajo según el § 4 Abs. 5 Nr. 6b S. 4 EStG permite deducir 5 € por día de teletrabajo, con un máximo de 120 días o 600 € al año. Está disponible para cualquier contribuyente, incluso sin un despacho doméstico reconocido. Requisito: no haberse aplicado ya una deducción total o parcial conforme al § 4 Abs. 5 Nr. 6b Sätze 2 y 3 EStG.
¿Qué gastos son deducibles en el despacho doméstico y cómo se reparten?
Son deducibles proporcionalmente el alquiler, los gastos comunes (electricidad, agua, gas), limpieza, seguros, recogida de basuras, deshollinador, Grundsteuer (impuesto sobre bienes inmuebles), amortización del edificio (AfA) e intereses de financiación. El reparto se realiza según la proporción entre los metros cuadrados del despacho y la superficie total de la vivienda. Los gastos que afectan exclusivamente al despacho (p. ej., papel pintado, alfombras, cortinas) son íntegramente deducibles. El material de trabajo no forma parte de los gastos del inmueble y se deduce de inmediato hasta 800 € (GWG, bienes de escaso valor) o se amortiza a lo largo de su vida útil si supera ese importe.