En el caso litigioso, el demandante arrienda un local de comida rápida junto con el patrimonio empresarial a partir del 01/12/2017. Tras realizar algunas obras de reforma preliminares, el inicio de la actividad tiene lugar el 02/01/2018. El punto de controversia con la Hacienda es ahora si los gastos de reforma preliminares de diciembre de 2017 pueden tenerse en cuenta al determinar el impuesto sobre actividades económicas (Gewerbesteuer). Desde la perspectiva de la Hacienda, se trata de gastos por actos preparatorios que no deben considerarse en el Gewerbesteuer.
El Tribunal Fiscal de Renania-Palatinado se pronuncia a favor del inicio del arrendamiento
En principio, el Tribunal Fiscal coincidió con la valoración de la Hacienda. Los gastos por actos preparatorios no se computan al determinar el rendimiento de la actividad económica. Esto contrasta con el impuesto sobre la renta (Einkommensteuer), donde los actos preparatorios sí pueden tener un efecto reductor del impuesto. No obstante, en el presente caso, el Tribunal Fiscal de Renania-Palatinado dictaminó que debe aplicarse el § 2 Abs. 5 GewStG. El § 2 Abs. 5 GewStG establece que, cuando se arriendan las bases empresariales esenciales del negocio, se produce de forma ficticia una nueva constitución. Explicado con más detalle: si se arrienda la totalidad del negocio, este se considera cesado por el empresario anterior (§ 2 Abs. 5 S. 1 GewStG) y recién constituido por el arrendatario (§ 2 Abs. 5 GewStG). Dado que el demandante en el caso litigioso arrendó la totalidad del negocio de comida rápida a su titular, debe aplicarse el § 2 Abs. 5 GewStG. En consecuencia, los gastos de reforma anteriores al inicio de la actividad sí pueden considerarse en el cálculo del Gewerbesteuer. Además, hay que tener en cuenta que, por la nueva constitución, puede asumirse una participación en el tráfico económico desde el inicio del arrendamiento. La Hacienda ya ha interpuesto recurso de casación con efecto firme, por lo que el caso se tramitará ahora ante el BFH. La decisión, sin embargo, sigue pendiente.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Son deducibles en el impuesto sobre actividades económicas los gastos de reforma anteriores a la apertura del negocio?
Por regla general, los gastos por actuaciones preparatorias previas a la apertura del negocio no se computan en la determinación del rendimiento de la actividad económica (Gewerbeertrag). Esto diferencia el impuesto sobre actividades económicas (Gewerbesteuer) del impuesto sobre la renta (Einkommensteuer), en el que las actuaciones preparatorias sí pueden reducir la base imponible. No obstante, puede existir una excepción en los supuestos de arrendamiento conforme al § 2 Abs. 5 GewStG.
¿Qué importancia tiene el § 2 Abs. 5 GewStG en el arrendamiento de un negocio comercial?
Conforme al § 2 Abs. 5 GewStG, en caso de arrendamiento de bases empresariales esenciales, el negocio se considera cesado por el empresario anterior y de nueva creación por el arrendatario. Existe, por tanto, una constitución ficticia. Esta ficción implica que el arrendatario participa en el tráfico económico desde el inicio del arrendamiento.
¿Qué resolvió el FG Rheinland-Pfalz sobre los gastos de renovación de un arrendatario antes de la apertura del negocio?
El FG Rheinland-Pfalz resolvió que, en el arrendamiento de un negocio comercial completo (en este caso, un puesto de comida), se aplica el § 2 Abs. 5 GewStG y se considera una constitución ficticia por parte del arrendatario. En consecuencia, los gastos de renovación que se generen antes de la apertura efectiva del negocio, pero tras el inicio del arrendamiento, son deducibles a efectos del impuesto sobre actividades económicas (Gewerbesteuer). La participación en el tráfico económico se presume desde el inicio del arrendamiento.
¿A partir de cuándo participa en el tráfico económico el arrendatario de un negocio comercial completo?
Debido a la ficción de nueva creación conforme al § 2 Abs. 5 GewStG, el arrendatario participa en el tráfico económico ya desde el inicio del arrendamiento, y no a partir de la apertura efectiva del negocio. Esto implica que los gastos incurridos entre el inicio del arrendamiento y la apertura pueden ser relevantes a efectos del impuesto sobre actividades económicas (Gewerbesteuer).
¿Es firme la sentencia sobre los gastos de renovación en explotaciones arrendadas?
No, la sentencia del FG Rheinland-Pfalz no es firme. La Administración tributaria ha interpuesto recurso de casación ante el Bundesfinanzhof (BFH). Aún está pendiente una resolución definitiva del alto tribunal, por lo que la situación jurídica en casos similares sigue siendo incierta.