Conocimiento

Sobre la transmisión de los certificados de donativos

«¡Le enviaremos con gusto su próximo certificado de donativo por correo electrónico!». Así, o de forma similar, podría rezar un escrito de las organizaciones de utilidad pública dirigido a los ciudadanos que donaron el año pasado

1 min de lecturaActualizado: 2017-02-09Recomendado

«¡Le enviaremos con gusto su próximo certificado de donativo por correo electrónico!»

Así, o de forma similar, podría rezar un escrito de las organizaciones de utilidad pública dirigido a los ciudadanos que donaron el año pasado. El trasfondo de esta información es una circular del BMF de 6 de febrero de 2017 (ref.: IV C 4 – S 2223/07/0012; DOK 2016/1033014), que deja a las organizaciones de utilidad pública la libertad de decidir cómo desean transmitir en el futuro los certificados de donativo. Sigue siendo posible la transmisión por carta. A ello se suma la transmisión por correo electrónico como medio de comunicación rápido y eficiente. La forma del certificado de donativo se mantiene: tras su impresión, ambos certificados presentan ópticamente el modelo oficial; únicamente difiere la vía de transmisión. La circular del BMF abre así posibilidades para que los ciudadanos y también las entidades de utilidad pública organicen de forma autónoma y digital el procedimiento relativo a los certificados de donativo.

Fuente: Bundesministerium der Finanzen

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Pueden las organizaciones de utilidad pública enviar recibos de donaciones por correo electrónico?

    Sí. Según la circular del BMF de 6 de febrero de 2017 (ref.: IV C 4 – S 2223/07/0012), las organizaciones de utilidad pública pueden remitir los certificados de donación también por correo electrónico. El envío tradicional por carta sigue siendo igualmente válido.

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  • ¿Cambia la forma del certificado de donación debido a la transmisión electrónica?

    No. El certificado de donación debe seguir ajustándose al modelo oficial. Tras su impresión, el recibo de donación enviado por correo electrónico tiene exactamente el mismo aspecto que el enviado por carta postal; únicamente se diferencia la vía de transmisión.

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  • ¿Qué ventajas ofrece la transmisión digital de los certificados de donativos?

    La transmisión electrónica es un medio de comunicación rápido y eficiente. Tanto los donantes como las entidades de utilidad pública pueden organizar de forma autónoma y digital el procedimiento de los certificados de donativos, reduciendo así la carga administrativa y los costes.

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  • ¿En qué circular del BMF se basa la transmisión electrónica de los recibos de donativos?

    La norma aplicable es la circular del BMF de 6 de febrero de 2017, con número de referencia IV C 4 – S 2223/07/0012 (DOK 2016/1033014). En ella se establece que las organizaciones de utilidad pública pueden elegir libremente la forma de transmisión de los certificados de donativo.

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