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Tributación correcta de los artículos publicitarios de bajo valor: nueva instrucción administrativa de la OFD Karlsruhe

El empleador dispone de un derecho de opción respecto a la tributación de los artículos publicitarios de bajo valor (Streuwerbeartikel): Oberfinanzdirektion (OFD) Karlsruhe de 18.12.2015. Según una nueva instrucción administrativa de la OFD Karlsruhe, el empleador dispone de las siguientes opciones respecto a la tributación

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El empleador dispone de un derecho de opción respecto a la tributación de los artículos publicitarios de bajo valor (Streuwerbeartikel): Oberfinanzdirektion (OFD) Karlsruhe de 18.12.2015

Según una nueva instrucción administrativa de la OFD Karlsruhe, el empleador dispone de las siguientes opciones respecto a la tributación de los artículos publicitarios de bajo valor:

  • Siempre que los costes de adquisición o de producción de los artículos, que constituyen prestaciones en especie, no superen los 10,– EUR, se trata de los denominados “Streuwerbeartikel” y, por tanto, no deben incluirse en la tributación a tanto alzado ni someterse a tributación en el sentido del § 37 b EStG.
  • Si la tributación salarial se realiza de forma ordinaria, ya no se trata de “Streuwerbeartikel” en el sentido indicado. Esto significa que las retribuciones en especie a los trabajadores solo quedan exentas de tributación si, en conjunto, no superan el límite exento de 44,– EUR mensuales (§ 8 Abs. 2 S. 11 EStG). Si se supera dicho límite (por ejemplo, cuando se conceden varias prestaciones en especie), todas las retribuciones en especie deben tributar de forma ordinaria como salario.
  • Conforme a un escrito del BMF de 19.05.2015, los Streuwerbeartikel pueden someterse a tributación a tanto alzado cuando, de no hacerlo, se superaría el límite mensual de 44 EUR. Por tanto, el empleador puede someter un “Streuwerbeartikel” a la tributación a tanto alzado incluso cuando se supere el límite de 44 EUR, a fin de mantener exentas otras retribuciones en especie. Es importante señalar que el empleador puede valorar de forma individual cada retribución en especie de escaso valor, es decir, cada “Streuwerbeartikel” de hasta 10,– EUR; esto significa que no está obligado a adoptar una decisión uniforme sobre la tributación a tanto alzado para todos los “Streuwerbeartikel”.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué se considera fiscalmente como artículo publicitario de distribución masiva (Streuwerbeartikel)?

    Se consideran Streuwerbeartikel las entregas en especie cuyos costes de adquisición o de producción no superen los 10,- EUR. Estos obsequios publicitarios de bajo valor no deben incluirse en la tributación a tanto alzado conforme al § 37b EStG y, por tanto, quedan en principio sin tributar.

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  • ¿Cómo afecta el límite exento de 44 EUR a las retribuciones en especie a empleados?

    Las retribuciones en especie a empleados solo están exentas si en total no superan el límite mensual de 44 EUR conforme al § 8 Abs. 2 S. 11 EStG. Si se supera este límite —por ejemplo, debido a varias prestaciones en el mismo mes—, todas las retribuciones en especie deben tributar como salario de forma ordinaria.

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  • ¿Pueden los artículos publicitarios de pequeño valor someterse a tributación a tanto alzado para preservar el límite de 44 EUR?

    Sí. Según la circular del BMF de 19.05.2015, el empleador puede someter un artículo publicitario de pequeño valor a la tributación a tanto alzado del § 37b EStG, incluso si de otro modo se superaría el límite mensual de 44 EUR. De este modo, otras retribuciones en especie pueden concederse libres de impuestos dentro del límite exento.

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  • ¿La decisión sobre la tributación a tipo fijo debe aplicarse de forma uniforme a todos los artículos publicitarios de bajo valor?

    No. El empleador puede evaluar cada prestación en especie de escaso valor hasta 10,- EUR por separado y decidir individualmente si la somete a tributación a tipo fijo. No es necesario un tratamiento uniforme de todos los artículos publicitarios de bajo valor.

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  • ¿Qué derecho de opción tiene el empleador en la tributación de artículos promocionales de bajo valor?

    El empleador puede dejar exentos los artículos promocionales de hasta 10,- EUR, someterlos a la tributación salarial ordinaria o tributarlos a tanto alzado conforme al § 37b EStG. Según la OFD Karlsruhe de 18.12.2015, esta opción puede ejercerse de forma individual para cada prestación en especie de escaso valor.

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