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Tratamiento fiscal de las prestaciones en concepto de beca

Para fomentar talentos especiales, las fundaciones tanto en Alemania como en la UE ofrecen distintos programas de becas. Su finalidad es servir como apoyo económico y, con ello, incentivar a los estudiantes a desarrollar todo su potencial

3 min de lecturaActualizado: 2022-07-26Recomendado

Para fomentar talentos especiales, las fundaciones tanto en Alemania como en la UE ofrecen distintos programas de becas. Su finalidad es servir como apoyo económico y, con ello, incentivar a los estudiantes a desarrollar todo su potencial. A continuación se explica qué prestaciones en concepto de beca pueden percibirse libres de impuestos y qué requisitos deben cumplirse para la exención fiscal.

Para aumentar el atractivo de una beca, esta queda exenta de tributación conforme al § 3 Nr. 44 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (EStG). No obstante, dicha exención está sujeta a varios requisitos. Estos son: que proceda de fondos públicos, que no exista obligación de prestar una contraprestación determinada ni una actividad como trabajador por cuenta ajena y que la beca no supere el importe necesario para cumplir tareas de investigación o para cubrir los gastos de subsistencia.

Comprobación de la exención fiscal por las oficinas tributarias

La oficina tributaria competente para la liquidación del impuesto de sociedades del otorgante de la beca debe comprobar igualmente si una beca puede considerarse exenta conforme a los requisitos del § 3 Nr. 44 EStG. La comprobación se realiza cuando el becario la solicita ante la mencionada oficina tributaria o ante la oficina tributaria de su domicilio. Finalmente, recibe un certificado en el que se han examinado los requisitos del § 3 Nr. 44 EStG y en el que la prestación de la beca se declara como sujeta o exenta de tributación. Es importante tener en cuenta que la comprobación de dicha exención es vinculante para la oficina tributaria, por lo que no podrá llevarse a cabo una nueva comprobación. Además, esta comprobación solo es posible en el caso de otorgantes nacionales.

¿Qué hay que tener en cuenta en las becas procedentes de la UE?

Para que las prestaciones de becas alemanas no resulten favorecidas, también las becas procedentes de otros Estados de la UE deben quedar exentas de tributación. Al menos cuando se cumplan los requisitos del § 3 Nr. 44 EStG y el otorgante de la beca cumpla los requisitos alemanes en materia de utilidad pública. Para acreditar el cumplimiento de los requisitos en materia de utilidad pública, el becario está obligado a aportar ante la oficina tributaria de su domicilio una amplia documentación: por ejemplo, los estatutos, los ámbitos de actividad, los informes de caja, etc.

¿Cuál es la cuantía máxima admisible de las becas?

En una sentencia del BFH (sentencia del BFH de 24.2.2015, VIII R 43/12) se estableció que, para determinar la cuantía adecuada de una beca, no deben servir de referencia los importes vigentes del BAföG, sino que ha de tomarse en consideración la situación personal del becario. Esto incluye la edad, la formación académica previa y los costes de subsistencia con los que normalmente cabe contar en una situación de este tipo. Como orientación puede tomarse el último salario percibido antes de la beca.

Sin obligación de prestar servicios como trabajador

En el litigio ante el FG Berlin-Brandenburg, la demandante percibió, a partir del tercer semestre de su máster, una beca para el profesorado por importe de 500 euros mensuales. Como contraprestación al apoyo económico, se comprometió a ejercer durante al menos 3 años como docente en Berlín. Según el FG Berlin-Brandenburg (sentencia de 30.3.2022, 16 K 2083/20), decae por ello la exención fiscal del § 3 Nr. 44 EStG. Su requisito era precisamente que el becario no estuviera obligado a una contraprestación científica o artística determinada ni a otra actividad por cuenta ajena. Dado que la demandante, tras finalizar con éxito sus estudios, estaba contractualmente obligada a trabajar al menos 3 años como docente en Berlín, no concurren los requisitos del § 3 Nr. 44 EStG. El FG Berlin-Brandenburg ha resuelto, en consecuencia, que la beca percibida constituye un ingreso sujeto a tributación. Se encuentra pendiente un procedimiento de revisión ante el BFH.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿En qué condiciones están exentas las becas conforme al § 3 Nr. 44 EStG?

    Las becas están exentas de impuestos según el § 3 Nr. 44 EStG cuando proceden de fondos públicos, no existe obligación de prestar una contraprestación científica, artística o asimilada a la de un trabajador, y el importe no excede lo necesario para cumplir la tarea de investigación o cubrir el sustento. Todos los requisitos deben cumplirse de forma acumulativa.

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  • ¿Cómo comprueba el Finanzamt la exención fiscal de una beca?

    La comprobación se realiza a solicitud del becario ante el Finanzamt competente para la liquidación del impuesto de sociedades del concedente de la beca, o ante el Finanzamt del domicilio. El becario recibe un certificado que determina de forma vinculante la sujeción o exención fiscal. Una nueva comprobación por parte del Finanzamt queda excluida con posterioridad. No obstante, este procedimiento solo es posible cuando el concedente de la beca tiene su sede en Alemania.

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  • ¿Están exentas en Alemania las becas procedentes de otros países de la UE?

    Sí, las becas procedentes de otros países de la UE están, en principio, igualmente exentas, siempre que se cumplan los requisitos del § 3 Nr. 44 EStG y que la entidad extranjera otorgante respete las exigencias alemanas en materia de utilidad pública. El becario debe presentar para ello documentación exhaustiva ante la Finanzamt de su domicilio, como estatutos, ámbitos de actividad e informes de tesorería.

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  • ¿Cómo se determina la cuantía adecuada de una beca exenta de impuestos?

    Según la sentencia del BFH de 24.2.2015 (VIII R 43/12), no son determinantes los importes del BAföG, sino la situación personal del becario. Se tienen en cuenta la edad, la formación académica previa y los costes de vida habituales. Como referencia puede considerarse también el último salario percibido antes de la beca.

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  • ¿Se pierde la exención fiscal si la beca está vinculada a una obligación laboral posterior?

    Sí. El FG Berlin-Brandenburg (sentencia de 30/3/2022, 16 K 2083/20) resolvió que la exención fiscal conforme al § 3 Nr. 44 EStG decae cuando el becario se compromete a ejercer una actividad por cuenta ajena durante un período determinado tras finalizar los estudios. En el caso concreto, un becario de magisterio estaba obligado a ejercer como docente en Berlín durante al menos tres años. Hay un procedimiento de revisión pendiente ante el BFH.

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