Antecedentes:
El Finanzamt (Agencia Tributaria alemana) fija el tipo de interés en el 0,5 % mensual, es decir, un 6 % anual en total: y así lo viene haciendo desde hace más de 50 años. No obstante, las protestas contra estos elevados intereses se han ido intensificando, dado que el tipo de interés de mercado es considerablemente más bajo. Una demanda contra los elevados intereses de demora fue desestimada hace algún tiempo con el argumento de que, por ese mismo motivo, las devoluciones del Finanzamt también se remuneran al 6 %.
Nueva demanda pendiente:
Actualmente, un matrimonio de Renania del Norte-Westfalia ha presentado demanda contra la fijación de intereses en las liquidaciones tributarias de 2010 y 2011, ya que el Finanzamt tardó varios meses en tramitar la declaración del impuesto sobre la renta de 2011 y no liquidó definitivamente los impuestos del ejercicio 2010 hasta enero de 2016. De ello resultaron, en comparación con el tipo de interés de mercado actual, unos intereses de demora del 6 % anual que, desde el punto de vista de los demandantes, son "demasiado altos". El matrimonio fundamenta su demanda, entre otros motivos, en que ellos mismos no son responsables de los largos plazos de tramitación. Además, consideran que el tipo del 6 % es desproporcionado.
Indicación para todos aquellos a quienes se les fijen intereses de demora:
Interponga también usted recurso (Einspruch) contra la fijación de intereses en su liquidación tributaria, haciendo referencia al procedimiento piloto ante el Finanzgericht Münster, FG Münster, AZ 10 K 2472/16E, y remitiéndose adicionalmente a los procedimientos del BFH con los números de referencia BFH, AZ I R 77/15 y III R 10/16.
En caso de que se resuelva a favor de los contribuyentes, recibirá automáticamente del Finanzamt la devolución de los intereses pagados en exceso.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo de interés legal de la Finanzamt en los pagos atrasados de impuestos?
Conforme al § 238 AO, la Finanzamt fija intereses del 0,5 % mensual, es decir, un 6 % anual. Este tipo se mantiene invariable desde hace más de 50 años y se aplica tanto a los pagos atrasados como a las devoluciones.
¿Por qué se considera demasiado elevado el tipo de interés del 6% anual?
El tipo de interés de mercado se sitúa desde hace años muy por debajo del 6%, por lo que los intereses de demora resultan desproporcionadamente altos en comparación. Además, los contribuyentes argumentan que no son responsables de los largos tiempos de tramitación de las oficinas tributarias (Finanzämter), que generan cargas de intereses considerables.
¿Qué procedimientos piloto están en curso contra la cuantía de los intereses de demora?
Ante el Finanzgericht Münster está pendiente el procedimiento con el número de expediente 10 K 2472/16E. Asimismo, ante el BFH están pendientes procedimientos con los números de expediente I R 77/15 y III R 10/16.
¿Cómo se puede recurrir contra intereses de demora excesivos en la liquidación tributaria?
Los afectados deben presentar recurso (Einspruch) contra la fijación de intereses en la liquidación tributaria dentro del plazo de oposición, remitiéndose a los procedimientos piloto en curso ante el FG Münster (10 K 2472/16E) y ante el BFH (I R 77/15 y III R 10/16). De este modo, la liquidación queda abierta en ese punto.
¿Qué ocurre si los procedimientos modelo sobre el tipo de interés tienen un resultado favorable?
Si se resuelve a favor de los contribuyentes, todos los que hayan presentado recurso a tiempo recibirán automáticamente del Finanzamt la devolución de los intereses pagados en exceso. Sin recurso, la liquidación adquiere firmeza y la devolución ya no es posible.