La cuarta Ley de Reducción de Cargas Burocráticas (BEG IV) prevé varias medidas para fomentar la digitalización.
Notificación de liquidaciones tributarias
El marco jurídico para la notificación de liquidaciones tributarias mediante puesta a disposición para su consulta electrónica se moderniza de forma sustancial.
Los actos administrativos pueden notificarse al interesado o a la persona que este haya apoderado poniéndolos a su disposición para su consulta. La nueva regulación, en vigor desde el 1.1.2026, prescinde de la necesidad de consentimiento del destinatario del acto administrativo y la sustituye por un sistema de oposición.
La notificación mediante puesta a disposición se aplicará, en particular, cuando una liquidación tributaria, una liquidación de la base imponible o una resolución declarativa se base en una declaración tributaria o declarativa transmitida electrónicamente y esta
- haya sido transmitida por el propio interesado a través de una cuenta de usuario facilitada por la administración tributaria, o
- por una persona apoderada por el interesado (p. ej., Steuerberater (asesor fiscal colegiado en Alemania) y Rechtsanwälte (abogados colegiados en Alemania)), a quien se haya de notificar la resolución.
La persona con derecho de consulta deberá ser informada electrónicamente, el mismo día de la puesta a disposición, sobre la posibilidad de consulta y sus efectos jurídicos. En el futuro, un acto administrativo puesto a disposición para su consulta se considerará notificado al cuarto día tras su puesta a disposición (en consonancia con la presunción de recepción prolongada conforme a la Ley de Modernización del Derecho Postal).
Modificaciones en el BGB
La BEG IV contiene, además, numerosas modificaciones que reflejan la digitalización ya realizada de determinados supuestos o que pretenden impulsar proyectos de digitalización. La transformación digital se materializa especialmente mediante la supresión de la exigencia de forma escrita o su reducción a la forma textual. Y es que la forma escrita exige la firma manuscrita en papel y provoca, por tanto, rupturas de medio en procesos digitalizados.
La BEG IV rebaja las exigencias de forma. Así, se suprime la exigencia de forma escrita para los contratos de arrendamiento de locales comerciales. Otras simplificaciones en materia de requisitos formales afectan al derecho de asociaciones y al derecho de obligaciones. También en el derecho mercantil y en diversas disposiciones del derecho profesional se reducen las exigencias de forma escrita; en estos ámbitos regirá en el futuro, en su mayor parte, la forma textual (aplicable a partir del primer día del trimestre siguiente a la promulgación de la ley).
Modificaciones en la Ley de Asesoramiento Fiscal
En el caso de la prestación de asistencia ocasional y temporal en asuntos fiscales, en el futuro la exigencia de forma escrita de derecho público para las notificaciones de modificación se complementará con la posibilidad de comunicación electrónica (a partir del primer día del trimestre siguiente a la promulgación de la ley).
En los supuestos en que la cesión o transmisión de créditos de honorarios de Steuerberater esté permitida con el consentimiento del mandante, en el futuro bastará un consentimiento expreso en forma textual (aplicable a partir del primer día del trimestre siguiente a la promulgación de la ley).
Una base de datos central de poderes permitirá, a partir del 1.1.2028, que los empleadores ya no tengan que otorgar a sus Steuerberater numerosos poderes escritos para cada uno de los organismos de la seguridad social. En el futuro bastará un poder general inscrito electrónicamente en la base de datos de poderes y consultable por todos los organismos de la seguridad social.
Otras medidas para fomentar la digitalización
- El derecho profesional de los Wirtschaftsprüfer (auditor de cuentas colegiado en Alemania) permitirá en el futuro el uso de una solución de portal para las inscripciones al examen de Wirtschaftsprüfer y a la prueba de aptitud, así como para las comunicaciones al registro profesional. Se prescindirá de la presentación de originales y copias compulsadas y se posibilitará la realización de pruebas escritas con apoyo informático.
- En la facturación aérea podrán leerse digitalmente los pasaportes.
- Las subastas públicas podrán celebrarse en línea mediante live stream con presentación de pujas en línea o en formato híbrido.
- Los arrendadores podrán poner a disposición los justificantes de las liquidaciones de gastos comunes también de forma digital para su consulta.
- Se introduce la forma textual para las solicitudes de excedencia parental. Además, la consulta automatizada de datos en los registros civiles simplificará la acreditación de nacimientos al solicitar la prestación parental.
- Los datos sobre la incapacidad laboral de los beneficiarios de prestaciones de la garantía básica para demandantes de empleo podrán transmitirse electrónicamente desde las cajas de seguro de enfermedad legales a las autoridades competentes.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿A partir de cuándo se aplica el sistema de oposición (Widerspruchslösung) en la notificación electrónica de liquidaciones tributarias?
La nueva regulación entra en vigor el 1.1.2026. A partir de esa fecha, ya no se requiere el consentimiento del destinatario para la notificación de actos administrativos mediante puesta a disposición para su consulta electrónica. En su lugar, se aplica un sistema de oposición: los afectados deberán oponerse activamente si no desean esta forma de notificación.
¿Cuándo se considera notificado un acto administrativo tributario puesto a disposición para su consulta?
Un acto administrativo puesto a disposición electrónicamente para su consulta se considera notificado al cuarto día posterior a su puesta a disposición. Esto corresponde a la presunción de recepción ampliada por la Postrechtsmodernisierungsgesetz (Ley de Modernización del Derecho Postal). La persona autorizada para la consulta es informada electrónicamente el mismo día de la puesta a disposición sobre la posibilidad de consulta y sus efectos jurídicos.
¿Qué requisitos de forma escrita se flexibilizan con la BEG IV?
La BEG IV elimina numerosos requisitos de forma escrita o los reduce a la forma textual, con el fin de evitar rupturas de medios en los procesos digitales. Se ven afectados, entre otros, los contratos de arrendamiento de locales comerciales, el derecho de asociaciones, el derecho de obligaciones, así como disposiciones de derecho económico y profesional. Las modificaciones entran en vigor el primer día del trimestre siguiente a la publicación de la ley.
¿Qué facilidades aporta la BEG IV a los Steuerberater (asesores fiscales colegiados en Alemania) en relación con las cesiones de honorarios?
En la cesión o transmisión de créditos por honorarios de Steuerberater que requieran el consentimiento del cliente, en el futuro bastará con una autorización expresa en forma de texto. Se suprime así la forma escrita con firma manuscrita exigida hasta ahora. La norma se aplicará a partir del primer día del trimestre siguiente a la publicación oficial de la ley.
¿Qué cambia a partir de 2028 con la base de datos central de poderes para empleadores y Steuerberater?
A partir del 1.1.2028, los empleadores ya no tendrán que emitir numerosos poderes individuales por escrito a sus Steuerberater (asesores fiscales colegiados en Alemania) para los distintos organismos de la seguridad social. Bastará con un poder general, inscrito electrónicamente en una base de datos central de poderes y consultable por todos los organismos de la seguridad social. Esto reduce considerablemente la carga burocrática.