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<small>Crisis del coronavirus: </small><br>ATENCIÓN: novedades sobre el uso de la ayuda inmediata por COVID y su control

Aspectos generales sobre el uso de la ayuda inmediata por COVID. Como ya se conoce y se explica expresamente en la resolución de equidad recibida por los solicitantes, la subvención por coronavirus solo puede emplearse para cubrir dificultades financieras operativas como

4 min de lecturaActualizado: 2021-01-12

Aspectos generales sobre el uso de la ayuda inmediata por COVID

Como ya se conoce y se explica expresamente en la resolución de equidad recibida por los solicitantes, la subvención por coronavirus solo puede emplearse para cubrir dificultades financieras operativas como créditos bancarios, cuotas de leasing, alquileres comerciales y similares. La resolución electrónica de concesión enviada tras la revisión de la solicitud también puede presentarse ante el banco. Sirve como prueba de que el Estado federado abonará la subvención.

La ayuda inmediata está destinada expresamente, en particular, a superar dificultades de liquidez surgidas desde el 1 de marzo de 2020 en relación con la pandemia de COVID-19. No están cubiertas las dificultades económicas o de liquidez surgidas con anterioridad al 1 de marzo de 2020.

Rige asimismo una prohibición directa de compensación con líneas de crédito ya existentes, lo que significa que la transferencia de la ayuda inmediata no debe destinarse de forma automática al servicio de líneas de crédito existentes ni a otras obligaciones de intereses o amortización. La ayuda inmediata debe utilizarse íntegramente para compensar las dificultades económicas causadas directamente por la pandemia.

Con la subvención solo podrá usted pagar, en principio, costes operativos exclusivamente o atender obligaciones empresariales (alquileres, deudas con proveedores).

Una eventual sobrecompensación deberá reintegrarse. Existe sobrecompensación cuando el solicitante recibe más ayudas que el perjuicio efectivamente sufrido, es decir, en particular, la pérdida de ingresos provocada por la crisis del coronavirus menos los costes eventualmente ahorrados (p. ej., reducción del alquiler).

Novedad para autónomos sin empleados, profesionales liberales y titulares de empresas unipersonales y sociedades personalistas activos en la empresa: importe a tanto alzado para gastos de manutención

Los autónomos sin empleados, profesionales liberales y titulares de empresas unipersonales y sociedades personalistas activos en la empresa pueden computar, por una sola vez, un importe a tanto alzado para los meses de marzo y abril de un total de 2.000 EUR para gastos de manutención o como retribución (ficticia) del empresario.

Requisitos:

  • presentación (inicial) de la solicitud en marzo o abril de 2020;
  • no haber solicitado ALG II (prestación básica de subsistencia) para marzo o abril de 2020;
  • no haber solicitado el programa de ayuda inmediata para artistas.

Modalidad de liquidación: imputación de un importe único total de 2.000 EUR en el cálculo del déficit de liquidez en el justificante de utilización. A tal efecto, todos los perceptores de la subvención recibirán un escrito con el correspondiente formulario y unas instrucciones de cumplimentación.

Atención: justificación obligatoria del destino de la subvención

Al finalizar el periodo de concesión se remitirá un escrito a todos los perceptores de la ayuda inmediata, solicitándoles que comprueben si se ha producido una sobrecompensación.

El justificante del uso de la ayuda inmediata se realizará con un formulario que todos recibirán a su debido tiempo mediante un escrito específico (incluidas instrucciones de cumplimentación). La documentación correspondiente debe conservarse durante 10 años.

Todos los autónomos sin empleados están, por tanto, obligados a presentar una declaración al término del periodo de concesión de tres meses. En ella expondrán si necesitaron íntegramente la ayuda inmediata de Renania del Norte-Westfalia para cubrir el déficit de liquidez provocado por la crisis del coronavirus. En caso contrario, deberán reintegrar la ayuda percibida en exceso. La regulación ahora adoptada prevé que en esta justificación puedan computarse 2.000 euros para gastos de manutención.

Es requisito que los solicitantes no hayan solicitado ALG II ni en marzo ni en abril. Esta subvención indirecta del Estado federado tampoco se concederá si ya han recibido una ayuda del programa inmediato del Ministerio de Cultura y Ciencia para artistas.

Las declaraciones falsas constituyen fraude de subvenciones

El solicitante asegura en el formulario de solicitud que ha realizado todas las indicaciones según su leal saber y entender y conforme a la verdad. Las declaraciones falsas que conduzcan a una percepción indebida de la prestación constituyen fraude de subvenciones. En tal caso, la prestación no solo deberá reintegrarse, sino que puede dar lugar incluso a un proceso penal.

La subvención debe declararse/considerarse en la declaración fiscal de 2020 (únicamente a efectos del impuesto sobre la renta; no está sujeta al impuesto sobre el valor añadido, ya que no se produce intercambio de prestaciones).

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Para qué puede utilizarse la ayuda inmediata por coronavirus (Corona-Soforthilfe)?

    La Corona-Soforthilfe debe destinarse exclusivamente a cubrir costes y obligaciones empresariales, como créditos bancarios, cuotas de leasing, alquileres comerciales o deudas con proveedores. Sirve para superar problemas de liquidez surgidos a partir del 1 de marzo de 2020 en relación con la pandemia de COVID-19. No quedan cubiertas las dificultades económicas existentes con anterioridad a esa fecha.

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  • ¿Qué significa sobrecompensación en la ayuda inmediata por COVID y qué consecuencias tiene?

    Existe sobrecompensación cuando el solicitante ha recibido más subvenciones que el daño realmente sufrido, es decir, la pérdida de ingresos causada por la crisis del COVID menos los costes ahorrados. El importe percibido en exceso debe devolverse. Al final del periodo de concesión, se contacta con todos los beneficiarios, quienes deben acreditar el uso de los fondos mediante un formulario.

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  • ¿Pueden los autónomos sin empleados aplicar un importe a tanto alzado para gastos de manutención?

    Sí. Los autónomos sin empleados, los profesionales liberales, así como los titulares de empresas individuales y sociedades personalistas que trabajen activamente en la empresa, pueden aplicar una única cantidad a tanto alzado de 2.000 EUR para los meses de marzo y abril, en concepto de gastos de manutención o salario empresarial ficticio. Los requisitos son: presentación de la solicitud por primera vez en marzo o abril de 2020, no haber solicitado el ALG II para dichos meses y no acogerse al programa de ayuda inmediata para artistas.

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  • ¿Durante cuánto tiempo deben conservarse los documentos sobre el uso de la ayuda inmediata por la Corona (Corona-Soforthilfe)?

    Todos los documentos que acrediten el uso de la ayuda inmediata deben conservarse durante 10 años. La justificación se realiza mediante un formulario oficial que los beneficiarios recibirán a su debido tiempo junto con las instrucciones para cumplimentarlo.

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  • ¿Cuál es el tratamiento fiscal de la ayuda urgente por Corona (Corona-Soforthilfe)?

    La Corona-Soforthilfe debe declararse en la declaración fiscal de 2020 como ingreso de explotación a efectos del impuesto sobre la renta. No se devenga IVA, ya que no existe intercambio de prestaciones y, por tanto, la subvención no está sujeta al impuesto sobre el valor añadido.

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  • ¿Qué consecuencias tienen los datos falsos en la solicitud de la ayuda urgente Corona?

    Los datos falsos que conduzcan a una percepción indebida de la ayuda urgente se consideran fraude de subvenciones. Además del reembolso de la prestación, existe el riesgo de un proceso penal. El solicitante declara expresamente en el formulario haber facilitado todos los datos de forma veraz y según su leal saber y entender.

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