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Instalaciones fotovoltaicas: atención al plazo si la instalación se realizó en 2015. La asignación al patrimonio empresarial debe efectuarse antes del 31/05/2016.

Si en 2015 instaló una planta fotovoltaica, deberá asignarla al patrimonio empresarial para poder obtener la deducción del IVA soportado ante la Hacienda alemana. La asignación debe efectuarse para todas las instalaciones realizadas en 2015

1 min de lecturaActualizado: 2016-05-25Recomendado

Si en 2015 instaló una planta fotovoltaica, deberá asignarla al patrimonio empresarial para poder obtener la deducción del IVA soportado ante la Hacienda alemana (Finanzamt). La asignación debe efectuarse para todas las instalaciones realizadas en 2015 a más tardar el 31/05/2016.

Por ello, es muy recomendable presentar la declaración del IVA de 2015 ante el Finanzamt a más tardar el 31/05/2016, con el fin de obtener la devolución del IVA (es decir, del IVA soportado).

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Hasta cuándo debe asignarse al patrimonio empresarial una instalación fotovoltaica construida en 2015?

    La asignación de una instalación fotovoltaica construida en 2015 al patrimonio empresarial debe realizarse a más tardar el 31/05/2016. Este plazo es de obligado cumplimiento, ya que, de lo contrario, se pierde la deducción del IVA soportado sobre los costes de adquisición.

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  • ¿Por qué es importante la asignación de una instalación fotovoltaica al patrimonio empresarial?

    Solo mediante la asignación oportuna al patrimonio empresarial es posible deducir el IVA soportado por los costes de adquisición e instalación de la instalación fotovoltaica ante el Finanzamt. Sin esta asignación se pierde la posibilidad de recuperar el IVA pagado como impuesto soportado.

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  • ¿Cómo se realiza en la práctica la afectación de una instalación fotovoltaica al patrimonio empresarial?

    La afectación se documenta habitualmente mediante la presentación en plazo de la declaración del impuesto sobre el valor añadido ante el Finanzamt (administración tributaria), haciendo valer la deducción del IVA soportado por la instalación fotovoltaica. Para instalaciones puestas en servicio en 2015, la declaración de IVA de 2015 debe presentarse, por tanto, a más tardar el 31/05/2016.

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  • ¿Qué ocurre si se incumple el plazo de afectación del 31.05.?

    Si se incumple el plazo de afectación, la instalación fotovoltaica se considera afectada al patrimonio privado. En ese caso, la deducción del IVA soportado sobre los costes de adquisición queda definitivamente excluida y tampoco puede recuperarse con posterioridad.

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