Para evitar recargos por presentación tardía de la declaración del Impuesto sobre la Renta, es importante conocer los plazos de presentación. Especialmente durante la pandemia de COVID-19, estos plazos se prorrogaron en varias ocasiones, lo que puede dificultar mantener una visión clara. Este artículo pretende ofrecer orientación al respecto.
Obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta
La obligación de presentar una declaración del Impuesto sobre la Renta existe para:
- Trabajadores autónomos (§ 18 EStG), empresarios (§ 15 EStG) y agricultores y silvicultores (§ 13 EStG), siempre que superen el mínimo exento (en 2021: 9.744 €)
en el caso de los trabajadores por cuenta ajena (§ 19 EStG):
- Salarios procedentes de varios empleadores
- Ingresos accesorios superiores a 410 € (tras la deducción de gastos profesionales, importes a tanto alzado, etc.), p. ej. por arrendamiento (§ 21 EStG)
- Prestaciones sustitutivas del salario superiores a 410 € (subsidio por reducción de jornada, prestación parental, etc.)
- en el caso de matrimonios, cuando al menos uno de los cónyuges esté clasificado en las clases fiscales IV, V o VI
Plazos de presentación de la declaración
En principio, a las declaraciones del Impuesto sobre la Renta se aplican los plazos de presentación previstos en el § 149 AO. Estos varían en función de si la declaración se presenta de forma autónoma o a través de un Steuerberater (asesor fiscal colegiado en Alemania).
Declaración presentada de forma autónoma: 31 de julio del año siguiente (p. ej., para 2022, el 31.07.2023), conforme al § 149 Abs. 2 S. 1 AO
Declaración presentada por un Steuerberater: último día de febrero del año natural siguiente al período impositivo (p. ej., para 2022, el 29.02.2024), conforme al § 149 Abs. 3 AO
Debe tenerse en cuenta que, si el vencimiento del plazo coincide con un día festivo, sábado o domingo, este se prorroga hasta el siguiente día hábil.
Particularidades de los plazos para las declaraciones de 2019 y 2020:
Prórroga del plazo para la declaración de 2019 presentada por Steuerberater: 31.08.2021
Prórroga del plazo para la declaración autónoma de 2020: 01.11.2021
Prórroga del plazo para la declaración de 2020 presentada por Steuerberater: 31.05.2022
Recargo por presentación tardía de la declaración
En caso de presentación tardía de la declaración, se aplica un recargo del 0,25 % del Impuesto sobre la Renta liquidado o, como mínimo, 25 € por cada mes de retraso. Cabe señalar que, si la declaración se presenta dentro de los primeros 14 meses tras el cierre del ejercicio, la Administración tributaria dispone de un margen de discrecionalidad respecto al recargo por demora.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a presentar la declaración del impuesto sobre la renta (Einkommensteuererklärung)?
Están obligados los autónomos, empresarios y agricultores y silvicultores, siempre que superen el mínimo exento (Grundfreibetrag) (2021: 9.744 €). Entre los trabajadores por cuenta ajena existe la obligación, entre otros, en caso de salarios de varios empleadores, ingresos accesorios superiores a 410 €, prestaciones sustitutivas del salario superiores a 410 €, así como en matrimonios cuando uno de los cónyuges esté inscrito en la clase fiscal (Steuerklasse) IV, V o VI.
¿Hasta cuándo debe presentarse la declaración del impuesto sobre la renta sin Steuerberater (asesor fiscal colegiado en Alemania)?
Conforme al § 149 Abs. 2 S. 1 AO, el plazo ordinario de presentación es el 31.07. del año siguiente. Para la declaración de 2022 rige, por tanto, el 31.07.2023. Si la fecha cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se prorroga hasta el siguiente día hábil.
¿Qué plazo de presentación se aplica cuando la declaración de impuestos la elabora un Steuerberater (asesor fiscal colegiado en Alemania)?
Si la declaración es elaborada por un Steuerberater, el plazo se amplía conforme al § 149 Abs. 3 AO hasta el último día de febrero del segundo año siguiente. Para 2022 rige, por tanto, el 29.02.2024. También en este caso el plazo se prorroga si la fecha límite cae en fin de semana o en festivo.
¿Qué plazos especiales se aplican a las declaraciones fiscales de 2019 y 2020 debido al coronavirus?
Para 2019, el plazo se prorrogó hasta el 31/08/2021 cuando la declaración la elaboraba un Steuerberater (asesor fiscal colegiado en Alemania). Para 2020, el plazo finalizó el 01/11/2021 en caso de declaración propia y el 31/05/2022 si la elaboraba un Steuerberater.
¿Cuál es el importe del recargo por presentación tardía de la declaración fiscal?
El recargo por demora (Verspätungszuschlag) asciende al 0,25 % del impuesto sobre la renta liquidado, con un mínimo de 25 € por cada mes de retraso iniciado. Si la declaración llega al Finanzamt dentro de los primeros 14 meses tras el cierre del ejercicio, este dispone de un margen de discrecionalidad para fijar el recargo.