Conocimiento

Transmisión con realización de beneficios

Un artículo de Christian Büker en Wirtschaft aktuell, la revista de la agencia de promoción económica de Borken, sobre la sentencia del Bundesfinanzhof relativa a la cuestión de cuándo se transmite un fondo de comercio (con realización de beneficios) (Az. X R 32/05).

1 min de lecturaActualizado: 2016-01-27

El 13 de mayo de 2009, el Bundesfinanzhof publicó una sentencia actual sobre la cuestión de cuándo se transmite un fondo de comercio (con realización de beneficios) (Az. X R 32/05). Al respecto, Wirtschaft aktuell, la revista de la agencia de promoción económica de Borken, pidió a Christian Büker, uno de nuestros expertos en transacciones y, además, Steuerberater (asesor fiscal colegiado en Alemania), Master of Mediation y director en nuestro grupo empresarial, que redactara un artículo. Con mucho gusto. Aquí ya un avance: "[…] a los problemas en materia de impuestos sobre la renta se suma además la problemática de que, por el importe del fondo de comercio, podría considerarse que existe una donación por parte del titular de la empresa individual (por ejemplo, el padre) y que, sobre la base de la jurisprudencia más reciente, dicha donación no podría imputarse al socio de la GmbH "receptora" (por ejemplo, el hijo), sino que habría que presumir la correspondiente donación del padre a la GmbH. Ello tendría como consecuencia que esta solo dispone de mínimas cantidades exentas y que serían aplicables tipos impositivos muy elevados (clase impositiva III, del 30 % al 50 %)." Puede consultar Wirtschaft aktuell de la agencia de promoción económica de Borken aquí en Internet. El artículo está disponible aquí para su descarga. [wpfilebase tag=file id=28 /]

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Cuándo se produce, según la sentencia del BFH X R 32/05, una transmisión del fondo de comercio con realización de beneficios?

    El BFH resolvió mediante sentencia de 13 de mayo de 2009 (Az. X R 32/05) bajo qué requisitos se transmite un fondo de comercio con realización de beneficios. Esto resulta especialmente relevante en la aportación de una empresa individual a una GmbH, ya que el fondo de comercio debe aflorarse y tributarse. La delimitación exacta tiene consecuencias considerables en el impuesto sobre la renta para el transmitente.

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  • ¿Qué riesgo en el impuesto sobre donaciones existe al transmitir una empresa individual a una GmbH familiar?

    Además de las consecuencias en el impuesto sobre la renta, puede considerarse una donación por el importe del fondo de comercio. Según la jurisprudencia más reciente, dicha donación no se considera una atribución al socio (por ejemplo, al hijo), sino directamente a la GmbH receptora. Esto conlleva consecuencias claramente desfavorables en el impuesto sobre donaciones.

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  • ¿Por qué una donación a una GmbH resulta especialmente desventajosa desde el punto de vista fiscal?

    Una GmbH como receptora de una donación se clasifica en la clase impositiva III y solo dispone de exenciones muy reducidas. Los tipos impositivos aplicables se sitúan entre el 30 y el 50 por ciento. Esto genera una carga del impuesto sobre donaciones considerablemente mayor que en el caso de una donación directa a familiares.

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  • ¿Qué debe tenerse en cuenta al aportar una empresa individual a una GmbH?

    En la aportación deben examinarse cuidadosamente tanto los aspectos del impuesto sobre la renta (revelación del fondo de comercio) como los riesgos en materia del impuesto sobre donaciones. Especialmente en transmisiones dentro del ámbito familiar, debe considerarse la posible calificación como donación a la GmbH. Por ello, una planificación previsora mediante asesoramiento fiscal resulta imprescindible.

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