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Reducción de los plazos fiscales de conservación: ¡proyecto de ley aprobado el 10/04/2013! ¿Y de nuevo a clasificar?

Por fin, el Consejo de Ministros federal ha aprobado un proyecto de ley para la reducción de los plazos fiscales de conservación, en el que se regula de nuevo, en particular, el acortamiento de dichos plazos (véase Actualidad Q1, edición de invierno de Steffen & Partner) como medida de alivio para

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steffen_partner-aufbewahrungsfirsten2Por fin, el Consejo de Ministros federal ha aprobado un proyecto de ley para la reducción de los plazos fiscales de conservación, en el que se regula de nuevo, en particular, el acortamiento de dichos plazos (véase Actualidad Q1, edición de invierno de Steffen & Partner) como medida de alivio para ciudadanos y empresas.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué prevé el proyecto de ley del 10/04/2013 sobre los plazos de conservación fiscal?

    El 10/04/2013, el Consejo de Ministros alemán aprobó un proyecto de ley destinado a reducir los plazos de conservación fiscal. El objetivo es aliviar a ciudadanos y empresas mediante un menor esfuerzo en el archivo de comprobantes y documentos.

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  • ¿Qué plazos fiscales de conservación se aplican con carácter general en Alemania?

    Conforme al § 147 AO, en Alemania rigen con carácter general plazos de conservación de 10 años para comprobantes contables, cuentas anuales, inventarios y documentación contable, así como de 6 años para cartas comerciales y mercantiles. Los plazos comienzan al finalizar el año natural en el que se generaron los documentos.

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  • ¿Por qué se persiguió una reducción de los plazos de conservación?

    La reducción pretende disminuir la burocracia y aliviar a las empresas tanto financiera como organizativamente. El almacenamiento de extensos archivos en papel y digitales genera costes considerables que se busca reducir mediante plazos más cortos.

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  • ¿Deberían las empresas desechar documentos de inmediato a raíz del proyecto de ley?

    No, no es aconsejable desechar documentos de forma precipitada mientras la ley no haya sido aprobada definitivamente ni haya entrado en vigor. Hasta entonces, los plazos de conservación vigentes se mantienen sin cambios, y una destrucción anticipada puede acarrear consecuencias fiscales y mercantiles.

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