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IVA en la venta a distancia: atención, se reduce el umbral de entregas en Francia

Contexto: En las entregas a otros empresarios dentro de la UE se aplica, en principio, una exención del IVA (la denominada entrega intracomunitaria). En las entregas con el correspondiente transporte de mercancías a destinatarios privados (consumidores finales) residentes en otros países de la UE, esta exención

2 min de lecturaActualizado: 2016-04-26Recomendado

Contexto: En las entregas a otros empresarios dentro de la UE se aplica, en principio, una exención del IVA (la denominada entrega intracomunitaria).

En las entregas con el correspondiente transporte de mercancías a destinatarios privados (consumidores finales) residentes en otros países de la UE, no se aplica la exención del IVA.

El lugar de la entrega es, en principio, aquel en el que se inicia el transporte de la mercancía. Es decir, en el envío de mercancías desde Alemania a otro país de la UE, el lugar de la entrega es Alemania. Por tanto, en estas entregas a consumidores finales debe consignarse, por regla general, el IVA alemán, que también se adeuda. Salvo que se supere el umbral de entregas aplicable al país de la UE correspondiente. En tal caso, el lugar de la entrega se traslada al extranjero, lo que significa que debe consignarse y se adeuda el IVA extranjero.

El lugar de la entrega es, por regla general, el lugar de partida de la mercancía, de modo que, en envíos al extranjero comunitario, por ejemplo desde Alemania, se adeuda el IVA alemán y este se incluye en los precios (brutos). Solo es distinto cuando el lugar de la entrega se traslada al otro Estado miembro de la UE. Esto ocurre cuando se supera un determinado umbral de entregas en el país de la UE en cuestión.

El umbral de entregas para las ventas a distancia y entregas con transporte desde otros Estados miembros de la UE a destinatarios privados en Francia se redujo, con efecto a 1 de enero de 2016, de los anteriores 100.000 EUR a 35.000 EUR (netos).

Esto significa que el proveedor (por ejemplo) alemán debe registrarse en Francia a efectos del IVA en cuanto se supere el umbral de 35.000 EUR netos, y debe facturar sus entregas con el IVA francés (actualmente del 20 %). Las declaraciones periódicas del IVA deberán presentarse entonces en Francia, declarando y liquidando en ellas las operaciones con el IVA francés correspondiente. Además, una vez al año debe presentarse en Francia la declaración anual del IVA.

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Cuándo se aplica el IVA alemán en envíos a clientes particulares en la UE?

    En las entregas a particulares (consumidores finales) en otros países de la UE, el lugar de entrega se sitúa, por regla general, en el lugar de origen de la mercancía. Por tanto, si se envía desde Alemania, debe repercutirse y liquidarse el IVA alemán. Esto rige siempre que no se supere el umbral de entregas correspondiente del país de destino.

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  • ¿Cuál es el umbral de ventas a distancia para envíos a Francia?

    El umbral para entregas mediante envío o transporte desde otros Estados miembros de la UE a clientes particulares en Francia se redujo el 01/01/2016 de 100.000 EUR a 35.000 EUR netos. Si se supera este importe, el lugar de la entrega se traslada a Francia.

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  • ¿Qué consecuencias tiene superar el umbral de entregas francés?

    En cuanto se supera el umbral de entregas de 35.000 EUR netos, el proveedor debe registrarse a efectos del IVA en Francia. A partir de ese momento, las entregas deben facturarse con el IVA francés (actualmente 20 %). Además, en Francia deben presentarse declaraciones periódicas de IVA, así como una declaración anual del IVA.

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  • ¿Por qué se pierde la exención del IVA en el caso de clientes particulares en otros países de la UE?

    La exención como entrega intracomunitaria solo se aplica a entregas a empresarios con un número de IVA intracomunitario válido. En las entregas a particulares no procede esta exención, por lo que las operaciones deben tributar en el país de origen o, si se supera el umbral de ventas a distancia, en el país de destino.

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  • ¿A dónde se traslada el lugar de entrega cuando se supera el umbral de ventas a distancia?

    Si se supera el umbral de ventas a distancia aplicable en el país de destino, el lugar de entrega deja de ser el país de origen y pasa a ser el país de destino. A partir de ese momento, el remitente adeuda el IVA del país de destino y debe registrarse y declarar fiscalmente en dicho país.

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