Una nueva regulación facilita la transmisión de bienes económicos entre sociedades de personas con los mismos partícipes.
Lo que cambia
Con ello se pretende aplicar las directrices del Bundesverfassungsgericht (BVerfG).
La nueva regulación permite transmitir bienes económicos entre sociedades de personas en las que participan las mismas personas y aplicar para ello el valor contable.
Pero ¿cuándo existe la denominada identidad de participación? Según la justificación de la ley, no existe identidad de participación cuando una persona física o una persona jurídica solo participa en una de las dos sociedades.
También una participación como fiduciario se considera perjudicial, incluso si el propio fiduciario no es coempresario. Una excepción la constituyen, no obstante, las participaciones del cero por ciento, por ejemplo, de una GmbH como socio comanditado.
También está previsto que, en la transmisión de un bien económico de una corporación a otra corporación o institución similar, la participación original pueda sustituirse sin más.
Info: Conceptos
– Valor contable (Buchwert): este valor es el registrado en la contabilidad para un elemento patrimonial.
– Identidad de participación (Beteiligungsidentität): cuando exactamente las mismas personas participan en dos sociedades.
– Fiduciario (Treuhänder): persona o institución que jurídicamente administra la propiedad de algo, pero no es el propietario económico.
Entrada en vigor
Esto se aplica en todos los casos abiertos.
Dado que no puede descartarse que la aplicación del valor contable resulte en casos concretos desfavorable para los coempresarios, por motivos de protección de la confianza, en las transmisiones anteriores al 12.1.2024 puede prescindirse de la aplicación del § 6 Abs. 5 Satz 3 Nr. 4 EStG si los coempresarios partícipes en ambas coempresas lo solicitan conjuntamente.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es posible una transmisión al valor contable entre sociedades de personas hermanas?
La transmisión de bienes empresariales entre sociedades de personas al valor contable es posible cuando en ambas sociedades participan las mismas personas (identidad de participación). La nueva normativa aplica una directriz del Bundesverfassungsgericht y evita la revelación de reservas tácitas en este tipo de transmisiones.
¿Qué significa la identidad de participación en las sociedades de personas?
Existe identidad de participación cuando exactamente las mismas personas físicas o jurídicas participan en ambas sociedades. Si una persona solo participa en una de las dos sociedades, falta la identidad de participación y queda excluida la valoración a valor contable.
¿Cómo afecta una participación fiduciaria a la identidad de las participaciones?
Una participación en calidad de fiduciario (Treuhänder) resulta, por regla general, perjudicial para la identidad de las participaciones, incluso si el fiduciario no es coempresario (Mitunternehmer). Existe una excepción para participaciones del 0 %, como por ejemplo la de una GmbH socia comanditaria sin aportación de capital.
¿A partir de cuándo se aplica la nueva regulación sobre la transmisión al valor contable conforme al § 6 Abs. 5 Satz 3 Nr. 4 EStG?
La regulación es aplicable a todos los casos pendientes. No obstante, para las transmisiones anteriores al 12.1.2024 se puede renunciar a su aplicación por motivos de protección de la confianza legítima, previa solicitud de todos los copartícipes (Mitunternehmer), si la aplicación del valor contable resultara desfavorable en el caso concreto.
¿Cómo pueden evitarse las consecuencias desfavorables del valor contable en transmisiones anteriores?
Si la aplicación obligatoria del valor contable resulta perjudicial para los copartícipes, los copartícipes que participen en ambas comunidades empresariales pueden solicitar conjuntamente, para transmisiones anteriores al 12.1.2024, que no se aplique el § 6 Abs. 5 Satz 3 Nr. 4 EStG.