Ya existe actualmente una obligación de comunicación para las estructuraciones fiscales internacionales. La obligación de comunicación para las estructuraciones fiscales puramente nacionales viene apareciendo desde hace años en los proyectos de ley, pero hasta ahora no se había materializado.
Ahora se va a emprender un nuevo intento. El proyecto se ajusta en lo esencial a la obligación de comunicación ya vigente para las estructuraciones internacionales. La obligación recae sobre el usuario de la estructuración fiscal, así como sobre los denominados intermediarios, que ofrecen la estructuración como concepto (p. ej., Rechtsanwalt (abogado colegiado en Alemania), Steuerberater (asesor fiscal colegiado en Alemania), bancos).
Que un supuesto que proporcione una ventaja fiscal sea o no objeto de comunicación se determina conforme a un catálogo de características abstractas. Mediante la obligación de comunicación no se prohíben las estructuraciones nacionales legales, pero la Administración tributaria pretende obtener una visión de conjunto sobre qué modelos de estructuración se aplican.
También para las inspecciones tributarias esta información resulta útil desde la perspectiva de la Administración tributaria, ya que permite comprobar de forma específica la regularidad del modelo de estructuración correspondiente. Las personas o sociedades con unos ingresos estables inferiores a 2 millones de € anuales, así como las empresas con operaciones gravables inferiores a 50 millones de € anuales, no estarán sujetas a la obligación de comunicación.