Los padres que tienen una obligación de manutención frente a su hijo y asumen sus cotizaciones al seguro de enfermedad y de dependencia pueden deducirlas fiscalmente como cotizaciones propias.
En el litigio en cuestión, unos padres hicieron valer fiscalmente como gastos extraordinarios (Sonderausgaben) las cotizaciones al seguro legal de enfermedad y de dependencia retenidas por el empleador a su hijo, que se encontraba en formación profesional.
La pretensión se fundamentó en el argumento de que habían prestado a su hijo, que aún vivía con ellos, manutención en especie (Naturalunterhalt).
Al respecto, el BFH resolvió que la deducción fiscal exige que los padres hayan efectivamente pagado o reembolsado las cotizaciones al hijo.
En el caso de la prestación de manutención en especie, este requisito no se cumple.
BFH de 13/03/2018 – X R 25/15
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Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Pueden los padres deducir como gastos extraordinarios (Sonderausgaben) las cuotas del seguro de enfermedad y de dependencia de su hijo?
Sí, los padres pueden deducir fiscalmente como Sonderausgaben propios las cuotas del seguro de enfermedad y de dependencia de su hijo con derecho a manutención. El requisito es que exista una obligación de manutención frente al hijo. La deducción se realiza dentro de los gastos de previsión (Vorsorgeaufwendungen) en la declaración del impuesto sobre la renta de los padres.
¿Basta con la manutención en especie para deducir fiscalmente las cotizaciones al seguro del hijo?
No, la mera concesión de manutención en especie (p. ej., alojamiento y comida gratuitos en el domicilio familiar) no es suficiente. El BFH resolvió mediante sentencia de 13/03/2018 (X R 25/15) que los padres deben haber pagado o reembolsado efectivamente las cotizaciones al hijo para poder deducirlas.
¿Qué requisito debe cumplirse para que los padres puedan deducir las cotizaciones de KV/PV del hijo?
Los padres deben haber reembolsado efectivamente al hijo el importe en dinero o haberlo pagado directamente. Una mera compensación contable con prestaciones alimentarias en especie no es suficiente. Se recomienda documentar de forma verificable el pago o reembolso efectivo.
¿Qué decidió concretamente el BFH en la sentencia X R 25/15 de 13.03.2018?
El BFH decidió que los padres solo pueden deducir como gastos extraordinarios propios (Sonderausgaben) las cotizaciones al seguro legal de enfermedad y de dependencia retenidas por el empleador del hijo si efectivamente han reembolsado o pagado dichos importes al hijo. La prestación de manutención en especie (Naturalunterhalt) no cumple este requisito.
¿Se aplica la deducción como gastos extraordinarios (Sonderausgaben) también a las cotizaciones retenidas directamente del salario del hijo?
En principio sí, siempre que los padres tengan obligación de manutención y reembolsen efectivamente al hijo las cotizaciones retenidas. Si los importes no se devuelven en dinero al hijo, solo este podrá aplicar la deducción en su propia declaración de la renta.
