El Tribunal Fiscal (FG) de Baja Sajonia resolvió, mediante sentencia de 03/09/2015 (Az. 16 K 340/12), que las pruebas de laboratorio ordenadas por terapeutas, prestadas en el marco del ejercicio de una profesión médica o similar (es decir, profesiones sanitarias, como por ejemplo los Heilpraktiker), están exentas del IVA conforme al § 4 Nr. 14 a S. 1 de la Ley alemana del IVA (Umsatzsteuergesetz).
Ya se ha interpuesto recurso de casación ante el Tribunal Fiscal Federal (BFH) (Az. V R 25/16).
El objeto social de la demandante era la ejecución y el desarrollo de diagnósticos de laboratorio. Realizaba las pruebas a partir del encargo de laboratorio del respectivo paciente.
Las pruebas realizadas constituían prestaciones ordenadas por el respectivo terapeuta; la demandante lo había documentado de forma suficiente. De manera aleatoria se seleccionaron algunos terapeutas, cuyas declaraciones escritas confirmaron dichas órdenes.
La demandante facturaba las prestaciones de laboratorio directamente al paciente.
Además, las prestaciones de laboratorio de la demandante se habían realizado en el marco del ejercicio de una profesión médica o similar, ya que las personas que actuaban por cuenta de la demandante poseían, sin excepción, la correspondiente cualificación profesional, requisito necesario para la exención fiscal de dichas prestaciones.
Fuente: FG de Baja Sajonia
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Están exentas de IVA las pruebas de laboratorio prescritas por terapeutas?
Según la sentencia del FG Niedersachsen de 03.09.2015 (Az. 16 K 340/12), las pruebas de laboratorio prescritas por terapeutas en el marco de una profesión sanitaria médica o asimilada (por ejemplo, Heilpraktiker) están exentas del IVA conforme al § 4 Nr. 14 a S. 1 UStG. No obstante, la resolución aún no es firme, ya que se ha interpuesto recurso de casación ante el BFH con el Az. V R 25/16.
¿Qué requisitos deben cumplir las prestaciones de laboratorio para la exención del IVA conforme al § 4 Nr. 14 a UStG?
Las prestaciones de laboratorio deben realizarse en el marco del ejercicio de una profesión médica o sanitaria asimilada. Para ello, las personas que las ejecutan deben poseer la cualificación profesional correspondiente y las prestaciones deben haber sido prescritas por un terapeuta. Además, dichas prescripciones deben documentarse de forma suficiente.
¿Cómo debe acreditarse la prescripción de pruebas de laboratorio por parte de los terapeutas?
El operador del laboratorio debe documentar suficientemente la prescripción terapéutica. En el caso litigioso, la demandante había registrado las prescripciones por escrito; para la comprobación se seleccionaron aleatoriamente algunos terapeutas, cuyas confirmaciones escritas acreditaron dichas prescripciones.
¿Influye la facturación de la prestación de laboratorio al paciente en la exención fiscal?
En el caso resuelto, el laboratorio facturó las prestaciones directamente al paciente, lo que no impidió la exención del IVA. Lo decisivo es que la prestación se prescriba con finalidad terapéutica y se realice en el marco de una profesión sanitaria por personal debidamente cualificado.
¿Cuál es el número de expediente del recurso de casación pendiente ante el BFH sobre análisis de laboratorio?
El recurso de casación contra la sentencia del FG Niedersachsen de 03.09.2015 (Az. 16 K 340/12) está pendiente ante el Bundesfinanzhof bajo el número de expediente V R 25/16. Hasta que el BFH se pronuncie, existe cierta inseguridad jurídica en casos comparables.