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Sin adición a efectos del Gewerbesteuer en la cesión de habitaciones de hotel a operadores turísticos

Las contraprestaciones que un operador turístico paga a los hoteleros por la cesión de habitaciones de hotel no están sujetas a la adición a efectos del Gewerbesteuer (impuesto sobre actividades económicas en Alemania). Así lo ha resuelto el BFH en su sentencia de 25.07.2019 – III R 22/16

2 min de lecturaActualizado: 2021-01-12Recomendado

Las contraprestaciones que un operador turístico paga a los hoteleros por la cesión de habitaciones de hotel no están sujetas a la adición a efectos del Gewerbesteuer (impuesto sobre actividades económicas en Alemania). Así lo ha resuelto el BFH en su sentencia de 25.07.2019 – III R 22/16 relativa al § 8 Nr. 1 letras d y e de la Gewerbesteuergesetz (ley alemana del impuesto sobre actividades económicas).

Conforme a estas disposiciones, en el Gewerbesteuer se vuelven a sumar parcialmente al beneficio determinado según las normas del EStG o del impuesto de sociedades los cánones de arrendamiento y subarrendamiento previamente computados como minoración del beneficio, siempre que los bienes en cuestión deban atribuirse al activo fijo de la empresa del sujeto pasivo.

La demandante actúa, en forma jurídica de GmbH, como operador turístico y organiza viajes combinados. Para ello, celebró contratos con otros prestadores de servicios en Alemania y en otros países europeos sobre prestaciones turísticas típicas, en particular alojamientos, transporte de personas, manutención, asistencia y actividades en el destino.

En su declaración del Gewerbesteuer del ejercicio 2008, la demandante practicó adiciones por los cánones de arrendamiento y subarrendamiento abonados, pero únicamente respecto de los locales comerciales por ella arrendados. Las contraprestaciones pagadas a los hoteleros no se tuvieron en cuenta en las adiciones.

La administración tributaria, tras una inspección, sostuvo, por el contrario, que no se adquiría una prestación hotelera en su conjunto, sino que una parte de la contraprestación pagada a los hoteleros correspondía al «arrendamiento» de habitaciones de hotel. En consecuencia, incrementó el beneficio empresarial en la parte de estos cánones prevista legalmente. El tribunal económico-administrativo (Finanzgericht) confirmó esta postura.

El BFH, en cambio, consideró fundado el recurso de casación (Revision) de la demandante. La adición presupone, además de la existencia de un contrato de arrendamiento o subarrendamiento, que los bienes arrendados o subarrendados constituirían, desde una perspectiva ficticia, activo fijo del sujeto pasivo si fueran de su propiedad. El BFH negó este último requisito, ya que, en caso de una cesión solo de corta duración de las habitaciones de hotel, también debería presumirse una posición de propietario de la demandante de duración igualmente breve. Para la clasificación de los bienes como activo fijo o circulante debe atenderse al objeto social concreto de la empresa y, en la medida de lo posible, a las circunstancias operativas del sujeto pasivo.

En este sentido, resulta determinante que el modelo de negocio de un operador turístico como la demandante no requiere, por regla general, un uso prolongado de los bienes cedidos por los hoteleros. Por el contrario, el uso solo temporalmente limitado de los bienes responde a la necesidad del operador turístico de poder adaptarse continuamente a las exigencias cambiantes del mercado, como, por ejemplo, las modificaciones en las preferencias de los clientes o en las condiciones del destino del viaje.

Dado que el Finanzgericht hasta el momento solo había resuelto cuestiones puntuales mediante sentencia interlocutoria, el asunto fue devuelto al Finanzgericht.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Las retribuciones pagadas por los turoperadores a los hoteleros están sujetas a la adición a efectos del Gewerbesteuer?

    No, el BFH dictaminó en su sentencia de 25/07/2019 (III R 22/16) que las retribuciones que un turoperador paga a los hoteleros por la cesión de habitaciones de hotel no deben adicionarse conforme al § 8 Nr. 1 letras d y e GewStG. En caso de propiedad ficticia, las habitaciones de hotel no constituirían inmovilizado del turoperador.

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  • ¿Qué requisitos deben cumplirse para la adición de alquileres y arrendamientos según el § 8 Nr. 1 GewStG?

    Debe existir un contrato de alquiler o arrendamiento y los bienes alquilados o arrendados tendrían que poder atribuirse, en una consideración ficticia, al activo fijo del contribuyente, como si fueran de su propiedad. Si falta esta pertenencia ficticia al activo fijo, no procede la adición.

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  • ¿Por qué las habitaciones de hotel de un operador turístico no se atribuyen al inmovilizado ficticio?

    El modelo de negocio de un operador turístico no requiere, por lo general, un uso a largo plazo de las habitaciones de hotel. La cesión meramente temporal genera también una posición ficticia de propietario únicamente a corto plazo, de modo que los bienes se clasificarían como activo circulante y no como inmovilizado. Los operadores turísticos deben poder reaccionar con flexibilidad a los cambios del mercado y a las preferencias de los clientes.

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  • ¿Cómo se delimita el activo fijo del activo circulante en la adición a efectos del Gewerbesteuer?

    Resulta determinante el objeto concreto de la actividad de la empresa. Debe atenderse en la medida de lo posible a las circunstancias operativas del contribuyente. Los bienes económicos utilizados solo a corto plazo y que sirven a la actividad corriente pertenecen, por regla general, al activo circulante.

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  • ¿Qué relevancia práctica tiene la sentencia del BFH para los operadores turísticos?

    Los operadores turísticos no deben incluir las remuneraciones pagadas a los hoteleros por la cesión de habitaciones en la adición a efectos del Gewerbesteuer (impuesto sobre actividades económicas alemán). Esto se traduce en una menor carga del Gewerbesteuer. La sentencia aporta seguridad jurídica respecto a prestaciones turísticas típicas, como las pernoctaciones.

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