Los socios pueden, en principio, recibir un préstamo de su GmbH. Esto puede plasmarse mediante un contrato de préstamo independiente. En el caso de importes menores que se producen con mayor frecuencia, los derechos de la sociedad también pueden contabilizarse a través de una cuenta corriente con el socio (Gesellschafterverrechnungskonto).
Sobre la contabilización correcta se pronunció el Bundesfinanzhof (BFH) en una sentencia del año 2023. En el caso enjuiciado, una cuenta corriente con créditos de la sociedad frente al socio había quedado sin devengar intereses. El BFH determinó que estos derechos deben, en principio, devengar intereses conformes al principio de plena competencia, ya que se trata de un crédito por préstamo de la sociedad frente al socio.
El BFH también se pronunció sobre la cuestión, relevante para la práctica, de cuál debe ser el tipo de interés concreto para que no exista una distribución encubierta de beneficios (verdeckte Gewinnausschüttung). Para determinar el tipo de interés conforme al principio de plena competencia debe aplicarse primariamente el método del precio comparable (Preisvergleichsmethode).
El precio entre terceros es, en este contexto, el tipo de interés al que terceros independientes habrían concedido el crédito en condiciones comparables. Si no concurren particularidades, según el criterio del BFH nada se opone a que las partes contratantes se repartan el margen bancario habitual entre los intereses deudores y acreedores (el llamado principio de la mitad, Halbteilungsgrundsatz).