Conocimiento

Amortización degresiva para nuevos inmuebles de alquiler

Durante un periodo limitado, se prevé introducir para los edificios de viviendas una amortización degresiva (AfA) con cuotas anuales decrecientes, tal como contempla la Wachstumschancengesetz (Ley de Oportunidades de Crecimiento). La AfA será del 6 % anual

1 min de lecturaActualizado: 2023-12-05

Durante un periodo limitado, se prevé introducir para los edificios de viviendas una amortización degresiva (AfA) con cuotas anuales decrecientes, tal como contempla la Wachstumschancengesetz (Ley de Oportunidades de Crecimiento). La AfA será del 6 % anual y se calculará siempre sobre el valor contable del año anterior. Mientras se aplique la amortización degresiva, no se admiten amortizaciones por depreciación técnica o económica extraordinaria; no obstante, en estos casos es posible cambiar a la amortización lineal. La amortización también puede aplicarse a edificios de viviendas situados fuera de Alemania, dentro de la UE o del Espacio Económico Europeo. Con carácter general, los edificios de viviendas deben destinarse a la obtención de ingresos, es decir, al arrendamiento. Queda excluido el uso propio.

Indicación

La nueva AfA degresiva es admisible si la construcción del edificio se inicia después del 30.09.2023 y antes del 01.10.2029. En caso de compra, el contrato debe celebrarse de forma jurídicamente válida después del 30.09.2023 y antes del 01.10.2029, y el edificio debe adquirirse antes de finalizar el año de su terminación.

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