Atención: correos de phishing
Hemos observado cada vez más en los medios que la devolución y la solicitud de las ayudas Corona vienen acompañadas sobre todo de intentos de fraude digital. Preste atención a los remitentes de los correos supuestamente oficiales, verifique también la dirección de correo electrónico y, en caso de duda, consúltenos. En relación con la liquidación de la ayuda inmediata en Renania del Norte-Westfalia, la administración del gobierno regional ha fijado que todos los correos electrónicos al respecto llevarán la dirección de remitente: noreply@soforthilfe-corona.nrw.de. Por el momento no disponemos de información al respecto para otros estados federados ni para otros programas. La comunicación de todos los programas Corona que solicitamos en su nombre se realiza cifrada digitalmente, con remitentes o destinatarios certificados, y en parte mediante aplicaciones específicas puestas a disposición por el gobierno federal.
Novedades sobre los plazos de notificación relativos a las ayudas inmediatas NRW 2020 ya abonadas (plazo de solicitud: 31.05.2020 = ya vencido)
La subvención ascendía a: 9.000 EUR de pago único para tres meses con hasta 5 empleados y 15.000 EUR de pago único para tres meses con hasta 10 empleados.
El plazo de notificación se prorrogó inicialmente hasta el 30.11.2020 y las eventuales devoluciones debían realizarse hasta el 31.03.2021. Actualmente, el plazo de notificación se retrasará aún más (véase el siguiente enlace):
«Debido a la situación actual, la reanudación de las notificaciones relativas a la ayuda inmediata NRW 2020 se retrasará aún un poco. Esto será en gran medida en interés de los beneficiarios. La liquidación se realizará por tanto en primavera de 2021, y para una posible devolución habrá tiempo hasta el otoño de 2021. No obstante, muchos beneficiarios de la ayuda inmediata también expresan el deseo de liquidar pronto, para poder contabilizar la devolución todavía en este año y deducirla fiscalmente.»
https://www.wirtschaft.nrw/nrw-soforthilfe-2020-rueckmeldeverfahren
A finales de noviembre, por tanto, todos los beneficiarios de la ayuda inmediata deberían recibir un correo desde la dirección noreply@soforthilfe-corona.nrw.de, que les ofrece la posibilidad de liquidar todavía en el año en curso y, en su caso, devolver los fondos recibidos en exceso. Quien opte por esta opción obtendrá con un clic acceso a la denominada herramienta de cálculo y al formulario de notificación. Los demás no tienen que hacer nada por el momento. Hasta la recepción de dicho correo se ruega un poco de paciencia. Hasta el inicio del procedimiento de notificación se ruega no realizar transferencias de devolución a las autoridades de concesión ni a la tesorería del estado federado. Preste atención a si recibe a finales de noviembre el correo correspondiente, ya que nosotros, como Steuerberater (asesor fiscal colegiado en Alemania), no tuvimos influencia en estas solicitudes, pues los obligados tributarios debían presentarlas ellos mismos. Por ello, también deberá realizar las notificaciones usted mismo. Si tiene preguntas al respecto, no dude en contactarnos.
Ayuda de noviembre: previsiblemente las solicitudes podrán presentarse a partir del 25.11.2020
Beneficiarios
- Todas las empresas (incluidas las públicas), establecimientos, autónomos, asociaciones e instituciones que, sobre la base de las órdenes de cierre dictadas por los estados federados a raíz del acuerdo de la Canciller Federal y de los jefes de gobierno de los estados federados de 28 de octubre de 2020, tuvieron que suspender su actividad empresarial (empresas directamente afectadas).
- Todas las empresas que demostrablemente y de forma regular obtienen el 80 por ciento de su facturación con empresas directamente afectadas por las medidas mencionadas (empresas indirectamente afectadas).
- También tienen derecho a solicitar la ayuda las empresas que obtienen de forma regular el 80 por ciento de su facturación a través de entregas y prestaciones por encargo de empresas directamente afectadas por las medidas, a través de terceros (por ejemplo, agencias de eventos). Estas empresas deben acreditar de forma inequívoca que, debido a las órdenes de cierre basadas en los puntos 5 y 6 del citado acuerdo de 28 de octubre de 2020, sufren una caída de facturación de más del 80 por ciento en noviembre de 2020.
- Empresas vinculadas, si más del 80 por ciento de la facturación total del grupo corresponde a empresas vinculadas directa o indirectamente afectadas. Se reembolsa el 75 por ciento de la facturación de las empresas vinculadas afectadas.
- Los establecimientos de alojamiento y los recintos para eventos se consideran empresas directamente afectadas.
Cuantía de la ayuda
Con la ayuda de noviembre se conceden subvenciones del 75 por ciento de la correspondiente facturación de noviembre de 2019, prorrateadas por días según la duración del confinamiento provocado por la Corona.
Los autónomos individuales pueden tomar alternativamente como facturación de referencia la facturación media mensual del año 2019. Para los solicitantes que iniciaron su actividad después del 31 de octubre de 2019, se puede elegir como facturación de referencia la facturación mensual de octubre de 2020 o la facturación media mensual desde la creación.
El marco en materia de ayudas estatales se deriva de la cuantía de la ayuda:
- Ayudas de hasta 1 millón de euros (basadas en el régimen de ayudas de pequeña cuantía y en el Reglamento de minimis)
- Ayudas de hasta 4 millones de euros (basadas en el régimen federal de ayuda a costes fijos y en la citada ayuda de noviembre)
- Ayudas superiores a 4 millones de euros (previa notificación a la Comisión Europea sobre la base del art. 107, apdo. 2, letra b, TFUE).
Imputación de prestaciones recibidas
Otras prestaciones estatales que se abonen para el período de ayuda de noviembre de 2020 se imputarán. Esto se aplica especialmente a prestaciones como la ayuda puente (Überbrückungshilfe) o la prestación por reducción de jornada (Kurzarbeitergeld).
Imputación de servicios de reparto / venta para llevar
Si en noviembre, a pesar del cierre general, se generan ingresos, estos no se imputarán hasta un importe del 25 por ciento de la facturación de referencia. Para evitar una sobrefinanciación de más del 100 por ciento de la facturación de referencia, en caso de ingresos superiores se realizará una imputación correspondiente. Para los restaurantes, el reembolso de facturación se limita al 75 por ciento de la facturación del período de referencia 2019 con el tipo completo del IVA. De este modo se excluye la facturación por venta para llevar con tipo reducido del IVA. A cambio, la facturación por venta para llevar durante los cierres queda exenta de la imputación de facturación, con el fin de favorecer la ampliación de este negocio.
Ejemplo: Una pizzería tuvo en noviembre de 2019 una facturación de 8.000 euros por consumo en el restaurante y 2.000 euros por venta para llevar. Recibe por tanto 6.000 euros de ayuda de noviembre (75 por ciento de 8.000 euros), es decir, inicialmente algo menos que otros sectores (75 por ciento de la facturación de referencia). A cambio, la pizzería puede generar en noviembre de 2020 con servicios de reparto bastante más de los 2.500 euros generalmente permitidos (25 por ciento de 10.000 euros) sin que se reduzca la ayuda.
Presentación de la solicitud
Las solicitudes podrán presentarse previsiblemente a partir del 25.11.2020 a través de la plataforma informática federal unificada de la ayuda puente (antragslogin.ueberbrueckungshilfe-unternehmen.de). La presentación electrónica de la solicitud debe realizarla un Steuerberater, Wirtschaftsprüfer (auditor de cuentas colegiado en Alemania), auditor jurado o Rechtsanwalt (abogado colegiado en Alemania).
Los autónomos individuales tienen derecho a solicitar directamente, hasta un importe máximo de ayuda de 5.000 euros y con obligaciones especiales de identificación, siempre que aún no hayan presentado una solicitud de ayuda puente. Como requisito necesitan un certificado ELSTER.
Encontrará información sobre la creación de una cuenta de usuario para ELSTER y sobre el archivo de certificado en el portal ELSTER. Los autónomos individuales reciben la ayuda solicitada directamente por el importe íntegro.
La presentación de la solicitud de la ayuda de noviembre es independiente de la ayuda puente.
Pago a cuenta
A partir de finales de noviembre se conceden pagos a cuenta para las empresas. El procedimiento del pago a cuenta comprende los siguientes puntos:
- Las empresas reciben un pago a cuenta de hasta el 50 por ciento del importe solicitado (máx. 10.000 euros).
- La presentación de la solicitud para empresas se realiza a través de un tercero verificador.
- La presentación de la solicitud y el pago se realizan de forma totalmente electrónica a través de la plataforma www.ueberbrueckungshilfe-unternehmen.de.
- La presentación de solicitudes comienza en la última semana de noviembre de 2020 (previsiblemente el 25 de noviembre de 2020).
- Los primeros pagos a cuenta se realizarán a partir de finales de noviembre de 2020.
- El procedimiento del pago regular de las ayudas de noviembre se está preparando y finalizando en paralelo, para que pueda iniciarse inmediatamente después de los pagos a cuenta.
Solicitudes de modificación de la ayuda puente I (mayo a agosto de 2020, plazo de solicitud: 09.10.2020 = ya vencido)
Las solicitudes de modificación pueden presentarse aún hasta el 30.11.2020. El plazo originalmente vigente hasta el 30.10.2020 ha sido prorrogado nuevamente. Indicaciones en caso de necesidad de modificación en una solicitud ya presentada de la fase 1:
- En caso de una solicitud presentada y aún no resuelta, es posible retirarla en el procedimiento electrónico de solicitud. Posteriormente, deberá presentarse de nuevo dentro del plazo de solicitud antes citado.
- En caso de una solicitud ya resuelta o resuelta parcialmente, es posible, en todos los estados federados (con excepción de Baden-Württemberg), presentar una solicitud de modificación motivada a través del procedimiento electrónico. De este modo es posible, por ejemplo, añadir costes adicionales subvencionables u otras informaciones que previsiblemente conduzcan a un aumento del importe de la ayuda. La solicitud de modificación deberá presentarse a más tardar el 30.11.2020. El plazo originalmente vigente hasta el 30.10.2020 ha sido prorrogado nuevamente por el BMWi. (cf. catálogo de FAQ sobre la ayuda puente I, pregunta 3.13)
- No será posible un pago adicional en el marco de la liquidación final. Las modificaciones que no conduzcan a un aumento del importe de la ayuda no requieren una solicitud de modificación. Los costes fijos realmente incurridos y la caída de facturación realmente producida se confirmarán en la liquidación final. Para tales ajustes, por consiguiente, no puede presentarse una solicitud de modificación. Más información al respecto se encuentra también en una guía breve del BMWi.
Ayuda puente fase II (septiembre a diciembre de 2020)
= Subvención a los costes fijos empresariales, aunque con algunas mejoras en los requisitos de solicitud.
Puede solicitarse actualmente; el plazo de solicitud original = 31.12.2020 se ha prorrogado ahora hasta el 31.01.2021.
Tenga en cuenta que las solicitudes deberíamos presentarlas, en la medida de lo posible, cuando se cumplan los umbrales de caída de facturación. Dado que el plazo de solicitud se ha prorrogado hasta el 31.01.2021, las solicitudes deberían presentarse lo más tarde posible, para que las contabilidades puedan registrarse lo más actualizadas y a corto plazo posible, y no tener que realizar correcciones posteriormente. Comente esto con su Steuerberater o colaborador de contabilidad.
Beneficiarios
Empresas con caídas de facturación
- de al menos el 50 % en dos meses consecutivos en el período de abril a agosto de 2020 en comparación con los respectivos meses del año anterior, o
- de al menos el 30 % de media en los meses de abril a agosto de 2020 frente al correspondiente período del año anterior.
Se reembolsa
(máximo 50.000 euros al mes) la subvención a los costes fijos empresariales mensuales se ha incrementado (respecto a la ayuda puente I):
- 90 % (anteriormente 80 %) de los costes fijos con una caída de facturación superior al 70 %;
- 60 % (anteriormente 50 %) de los costes fijos con una caída de facturación entre el 50 % y el 70 %, y
- 40 % de los costes fijos con una caída de facturación superior al 30 % (anteriormente superior al 40 % en comparación con el mes del año anterior).
El importe a tanto alzado por gastos de personal se ha elevado al 20 %. Por último, en la liquidación final no solo serán posibles, en el futuro, las reclamaciones de reembolso, sino también los pagos adicionales.
Ayuda puente fase III (enero a junio de 2021)
Según las informaciones, con nuevas mejoras, por ejemplo 200.000 EUR al mes en lugar de los 50.000 EUR al mes anteriores (más información seguirá).
Nuevo: ayuda de reinicio para autónomos individuales
Subsidio único a tanto alzado por costes empresariales de hasta el 25 % de la facturación en el período de referencia (máximo 5.000 EUR) para autónomos individuales que en el marco de la ayuda puente III no puedan hacer valer costes fijos y que en el período de referencia (en principio = 2019) hayan obtenido al menos el 51 % de sus ingresos de su actividad por cuenta propia.
Esta ayuda de reinicio cubre el período hasta junio de 2021 y deberá ascender una sola vez a un máximo de 5.000 EUR. Debe tratarse de una subvención no burocrática y rápida que —siempre que se cumplan los requisitos de solicitud— no deberá devolverse.
Para determinar el período de referencia 2019 se toma como base la facturación media mensual del año 2019 (= facturación mensual de referencia). La facturación de referencia es siete veces dicha facturación mensual de referencia, tanto para lo de «no burocrático».
Imputación de la ayuda de reinicio sobre prestaciones sociales: sobre las prestaciones de la seguridad básica y prestaciones similares, la ayuda de reinicio no se imputa, debido a su vinculación a un fin determinado.
Forma del pago
La ayuda de reinicio deberá abonarse como anticipo, aun cuando las pérdidas concretas de facturación durante el período de diciembre de 2020 a junio de 2021 no estén todavía determinadas en el momento de la solicitud.
Si la facturación durante el período, en contra de lo inicialmente esperado, supera el 50 por ciento de la facturación de referencia de siete meses, los anticipos deberán devolverse proporcionalmente. Con una facturación del 50 al 70 por ciento debe devolverse un cuarto de la ayuda de reinicio; con una facturación entre el 70 y el 80 por ciento, la mitad; y con una facturación entre el 80 y el 90 por ciento, tres cuartos. Si la facturación obtenida supera el 90 por ciento, deberá devolverse íntegramente la ayuda de reinicio. Si la devolución así calculada queda por debajo de un importe de minimis de 500 euros, no se exige devolución. Los beneficiarios deberán elaborar, una vez transcurrido el período de ayuda, una liquidación final mediante autocomprobación. En el marco de esta autocomprobación deberán sumarse los eventuales ingresos por empleo dependiente a la facturación por actividad por cuenta propia. Las devoluciones que correspondan deberán comunicarse y transferirse a la autoridad de concesión, sin requerimiento previo, hasta el 31 de diciembre de 2021. Para combatir el fraude de subvenciones se realizarán comprobaciones posteriores. Momento de la solicitud.
La ayuda puente III, que incluirá la ayuda de reinicio, se aplicará a partir del 1 de enero de 2021. Debido a la necesaria programación técnica y a las coordinaciones con los estados federados y la Comisión Europea, las solicitudes podrán presentarse algunas semanas después del inicio del programa en el nuevo año. Los detalles sobre la presentación de la solicitud quedarán previsiblemente fijados en las próximas semanas.
Conclusión
Esperamos haberle podido ofrecer con esto una visión general actualizada.
Ya no es fácil mantener una visión exacta de todo, por lo que hemos intentado exponer únicamente lo más importante.
Varias veces al día nos llega actualmente nueva información y nuevos plazos, de modo que un asesoramiento previsor y cuidadosamente planificado (como es habitual e importante para nosotros) es actualmente apenas posible.
Intentamos hacer lo mejor posible para usted en relación con las circunstancias actuales, que nos exigen y desafían fuertemente a todos en este momento. Le rogamos que tenga en cuenta que la situación es nueva para todos nosotros y que en todos los departamentos estamos alcanzando actualmente nuestros límites de capacidad de forma mucho más acusada que lo habitual.
Un cordial agradecimiento en este punto por su confianza, y a todos ustedes les deseamos un tiempo lo mejor posible y mucha capacidad de resistencia. Reciba un cordial saludo, Su «Steffen & Partner»
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Resumen de las ayudas Corona en PDF (a 23.11.2020)Descargar
Aviso legal
Toda la información se ofrece según el mejor saber, pero sin garantía. El autor no asume ninguna garantía por la actualidad, corrección, integridad o calidad de la información facilitada. Esta información no sustituye el asesoramiento individual. Estado jurídico: 23.11.2020
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar la ayuda de noviembre (Novemberhilfe)?
Pueden solicitarla todas las empresas, negocios, autónomos, asociaciones e instituciones que tuvieron que cesar su actividad a raíz de las órdenes de cierre del 28/10/2020 (afectados directos). También pueden solicitarla los afectados indirectos que demuestren obtener de forma regular el 80 % de su facturación con empresas directamente afectadas, así como las empresas vinculadas bajo las mismas condiciones. Los establecimientos de alojamiento y los recintos para eventos se consideran directamente afectados.
¿Cuál es el importe de la Novemberhilfe y cómo se calcula?
La Novemberhilfe asciende al 75% de la facturación de noviembre de 2019, prorrateada por días según la duración del confinamiento. Los autónomos individuales pueden optar alternativamente por la facturación mensual media de 2019. En el caso de empresas constituidas después del 31.10.2019, puede tomarse como referencia la facturación de octubre de 2020 o la facturación mensual media desde la constitución.
¿Cómo se computan los ingresos por servicios de reparto y venta para llevar en la Novemberhilfe (ayuda de noviembre)?
Los ingresos de noviembre no se computan hasta el 25 % de la facturación de referencia; por encima de ese umbral se imputan para evitar una sobrefinanciación superior al 100 %. Para los restaurantes, el reembolso se limita al 75 % de la facturación con tipo de IVA pleno del periodo de referencia de 2019, de modo que las ventas para llevar con tipo reducido quedan excluidas. A cambio, los ingresos por venta para llevar durante el cierre no se computan.
¿Qué caídas de facturación son requisito para la Überbrückungshilfe II?
Pueden solicitarla las empresas con una caída de facturación de al menos el 50% en dos meses consecutivos del período de abril a agosto de 2020 frente a los mismos meses del año anterior, o con una caída media de al menos el 30% en el conjunto de abril a agosto de 2020 frente al mismo período del año anterior. Se reembolsa de forma escalonada entre el 40% y el 90% de los costes fijos según la caída de facturación, con un máximo de 50.000 euros mensuales.
¿Hasta cuándo se podían presentar solicitudes de modificación de la Überbrückungshilfe I?
Las solicitudes de modificación de la Überbrückungshilfe I (mayo a agosto de 2020) se podían presentar hasta el 30.11.2020, tras la prórroga del plazo inicial del 30.10.2020. En el caso de solicitudes ya resueltas, es posible presentar electrónicamente una solicitud de modificación motivada, por ejemplo para añadir costes subvencionables. No se prevé un pago adicional en el marco de la liquidación final; no obstante, allí se confirman los costes fijos reales y las caídas de facturación.
¿A qué hay que prestar atención con los correos de phishing relacionados con las ayudas por coronavirus?
En relación con la solicitud y devolución de las ayudas por coronavirus, se están multiplicando los intentos de fraude digital. Los correos oficiales sobre la ayuda inmediata de NRW (NRW-Soforthilfe) provienen exclusivamente de noreply@soforthilfe-corona.nrw.de. Los destinatarios deben verificar siempre la dirección del remitente y, en caso de duda, consultar con su Steuerberater (asesor fiscal colegiado en Alemania) antes de hacer clic en enlaces o transmitir datos.