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BFH: los promotores inmobiliarios dejan de ser sujetos pasivos del IVA

La sentencia del BFH de 22.08.2013 facilita las constantes dudas sobre si una prestación de construcción realizada a un promotor inmobiliario debe facturarse con o sin IVA, es decir, sobre si se produce o no la inversión del sujeto pasivo del IVA hacia el promotor como destinatario de la prestación.

2 min de lectura

steffen_partner-bautraegerEl Bundesfinanzhof (BFH) ha resuelto que los promotores inmobiliarios (Bauträger) ya no pueden considerarse sujetos pasivos del IVA, dado que los Bauträger no realizan prestaciones de construcción en el sentido de la Ley del IVA alemana, sino que entregan inmuebles edificados. Antecedentes: el destinatario de la prestación adeuda el IVA por determinadas prestaciones de construcción conforme al § 13b (2) frase 2 UStG. Sin embargo, según la sentencia del BFH de 22.08.2013 (AZ V R 37/10), publicada el 27.11.2013, los destinatarios de la prestación solo son sujetos pasivos por las prestaciones de construcción que encarguen cuando, a su vez, utilicen las prestaciones recibidas para realizar prestaciones de la misma naturaleza. En consecuencia, los Bauträger ya no son sujetos pasivos del IVA por las prestaciones de construcción que encargan, puesto que ellos mismos no realizan prestaciones de construcción. En concreto, según el BFH, esto significa que los Bauträger no pueden considerarse sujetos pasivos conforme al § 13b UStG, ya que no realizan prestaciones de construcción, sino que entregan inmuebles edificados. Esto diferencia a los Bauträger de los denominados «contratistas generales» (Generalunternehmer), que sí realizan prestaciones de construcción a sus mandantes y, por tanto, adeudan también el impuesto por las prestaciones de construcción recibidas dentro de una cadena de prestaciones. No obstante, en el caso de los Generalunternehmer debe efectuarse un análisis caso por caso. Si, por ejemplo, una empresa actúa tanto como Bauträger como Generalunternehmer, lo decisivo será el uso que dé a las prestaciones de construcción recibidas. En estos casos resulta determinante si el empresario utiliza la prestación de construcción para una transmisión inmobiliaria exenta como Bauträger o para una prestación de construcción propia sujeta al impuesto como Generalunternehmer. La sentencia del BFH de 22.08.2013 facilita, por tanto, las constantes dudas sobre si una prestación de construcción realizada a un Bauträger debe facturarse con o sin IVA, es decir, sobre si se produce o no la inversión del sujeto pasivo del IVA hacia el Bauträger como destinatario de la prestación. En relación con la denominada «regla de inversión del sujeto pasivo» (Reverse-Charge) en el sentido del § 13b UStG, el empresario que realiza la prestación de construcción solo deberá aclarar, al facturar su prestación, si el destinatario es un Bauträger (es decir, no aplica la inversión del sujeto pasivo conforme al § 13b UStG) o un Generalunternehmer (en principio, aplica la inversión del sujeto pasivo conforme al § 13b UStG).

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Son los promotores inmobiliarios (Bauträger) sujetos pasivos del IVA conforme al § 13b UStG?

    No. Según la sentencia del BFH de 22.08.2013 (V R 37/10), los promotores inmobiliarios (Bauträger) ya no se consideran sujetos pasivos conforme al § 13b UStG. Fundamento: los Bauträger no prestan ellos mismos servicios de construcción, sino que entregan terrenos edificados. La regla de inversión del sujeto pasivo (reverse charge) solo se aplica si el destinatario emplea la prestación de construcción recibida para realizar a su vez una prestación de construcción.

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  • ¿Cómo distingue el BFH a los promotores inmobiliarios (Bauträger) y a los contratistas generales (Generalunternehmer) a efectos del IVA?

    Los Bauträger entregan terrenos edificados y, por tanto, no prestan una obra de construcción en el sentido del § 13b UStG. Los Generalunternehmer, en cambio, prestan obras de construcción a su cliente y adeudan el IVA también por las obras adquiridas dentro de la cadena de prestación. Por ello, la inversión del sujeto pasivo solo se aplica al Generalunternehmer.

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  • ¿Cómo proceder en empresas mixtas (promotor inmobiliario y contratista general)?

    En empresas que actúan tanto como promotor inmobiliario como contratista general, se requiere un análisis caso por caso. Lo decisivo es el uso concreto de la prestación de construcción recibida: si se destina a una transmisión de inmueble exenta como promotor, no se aplica el § 13b UStG. Si se utiliza para una prestación de construcción propia sujeta a impuesto como contratista general, se aplica la inversión del sujeto pasivo.

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  • ¿Qué debe comprobar en el futuro el empresario que presta servicios de construcción al emitir facturas?

    El empresario prestador debe aclarar si su destinatario es promotor inmobiliario (Bauträger) o contratista general (Generalunternehmer). En el caso de un Bauträger, la facturación se realiza con IVA, ya que el § 13b UStG no resulta aplicable. En el caso de un Generalunternehmer, se aplica por regla general la inversión del sujeto pasivo, por lo que se factura sin IVA.

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  • ¿Qué requisito debe cumplirse para que el destinatario de la prestación se convierta en sujeto pasivo del impuesto conforme al § 13b UStG?

    El destinatario de la prestación solo adeuda el IVA por prestaciones de construcción según el § 13b Abs. 2 S. 2 UStG si utiliza la prestación de construcción recibida para realizar, a su vez, una prestación de construcción. Según la jurisprudencia del BFH, la mera condición de empresario constructor o el uso para entregas de inmuebles no resultan suficientes.

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