Conocimiento

El BFH vuelve a flexibilizar los requisitos de las facturas correctas…

Hasta ahora, la Administración tributaria exigía que el empresario prestador indicara en la factura el lugar en el que ejerce su actividad. Si este dato no era correcto, se denegaba la deducción del impuesto soportado

1 min de lecturaActualizado: 2018-08-13Recomendado

Hasta ahora, la Administración tributaria exigía que el empresario prestador indicara en la factura el lugar en el que ejerce su actividad. Si este dato no era correcto, se denegaba la deducción del impuesto soportado al destinatario de la factura.

Recientemente, el BFH ha resuelto, mediante dos sentencias de 21/06/2018, que ya no es necesario que el empresario indique en la factura el lugar en el que ejerce su actividad, sino que basta con indicar una dirección con accesibilidad postal.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué dirección debe indicar el empresario prestador en una factura?

    Según las sentencias del BFH de 21.06.2018, basta con que en la factura se indique una dirección en la que el empresario prestador sea localizable por correo postal. Ya no es necesario indicar el lugar del ejercicio efectivo de la actividad.

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  • ¿Cuál era la postura anterior de la Administración tributaria alemana respecto a la dirección en las facturas?

    Hasta ahora, la Administración tributaria exigía que el empresario prestador del servicio indicara en la factura el lugar donde ejercía efectivamente su actividad. Si esta indicación no era correcta, se denegaba al destinatario de la factura la deducción del IVA soportado.

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  • ¿Qué consecuencias tiene la nueva jurisprudencia del BFH para la deducción del IVA soportado?

    Dado que ahora basta con una dirección con accesibilidad postal, la deducción del IVA soportado ya no puede denegarse únicamente porque el lugar indicado no coincida con el lugar real de actividad. Esto facilita considerablemente el reconocimiento de las facturas y reduce el riesgo para los receptores de las mismas.

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  • ¿Cuándo flexibilizó el BFH los requisitos sobre la dirección en la factura?

    El BFH resolvió en dos sentencias del 21/06/2018 que basta con indicar una dirección postal accesible del empresario que presta el servicio. Con ello se flexibilizaron los estrictos requisitos que la administración tributaria exigía hasta entonces para los datos de la factura.

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