Antecedentes:
Hasta ahora, el BFH siempre había partido de una deducción de los gastos del despacho doméstico vinculada al inmueble. Esto significaba, en los casos en que varios contribuyentes (p. ej., cónyuges) utilizaban conjuntamente un despacho doméstico, que en total solo podían deducirse 1.250,– € como límite máximo.
Actualidad:
Ahora el BFH ha decidido, en dos sentencias de 15.12.2016, Az. VI R 53/12 y VI R 86/13, que el límite máximo debe aplicarse de forma personal. Esto significa que, en caso de utilización de un despacho por varios contribuyentes, el límite máximo de 1.250,– € puede invocarse por cada contribuyente. De este modo, el BFH ha modificado su jurisprudencia sobre el § 4 (5) S. 1 Nr. 6b S. 2 EStG a favor de los contribuyentes.
En un caso, los demandantes, un matrimonio, utilizaban conjuntamente un despacho doméstico en una vivienda unifamiliar que les pertenecía a partes iguales. La Hacienda y el tribunal fiscal (FG) reconocieron los gastos del despacho doméstico, de aproximadamente 2.800 € anuales, únicamente por un total de 1.250,– €, admitiendo a cada uno solo la mitad, es decir, 625,– €.
Frente a ello, el BFH ha decidido que el límite máximo de 1.250,– € debe concederse, en principio, a cada uno de los cónyuges, y ha aclarado que los costes, en el caso de cónyuges con copropiedad por mitades que utilizan conjuntamente un despacho doméstico, deben atribuirse en principio a cada cónyuge por mitad. No obstante, en el caso controvertido el FG no había examinado si la demandante disponía en el despacho de un puesto de trabajo propio en la medida concretamente necesaria para su actividad profesional. Por ello, el BFH ha devuelto el asunto al FG.
En el otro caso, el BFH ha subrayado además que, para la deducción de los gastos de un despacho doméstico, debe constar que en él se desarrolla efectivamente una actividad profesional o empresarial. Asimismo, la magnitud de dicha actividad debe hacer verosímil que el contribuyente mantenga para ello un despacho doméstico. Esto tampoco había sido aclarado por el FG. En consecuencia, el BFH también tuvo que anular la decisión previa en este procedimiento y devolver el asunto al FG.
Fuente: BFH, publicado el: 22.02.2017
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿El importe máximo de 1.250 € por despacho doméstico se concede por persona o por inmueble?
Según las sentencias del BFH de 15.12.2016 (VI R 53/12 y VI R 86/13), el importe máximo de 1.250 € se aplica por persona. Si varios contribuyentes (p. ej., cónyuges) utilizan conjuntamente un despacho, cada uno puede deducir el importe máximo íntegro. Con ello, el BFH ha modificado su jurisprudencia anterior, basada en el inmueble, a favor de los contribuyentes.
¿Cómo se reparten los gastos de un despacho profesional en el domicilio utilizado conjuntamente por cónyuges?
En caso de copropiedad al 50 %, los gastos del despacho profesional utilizado conjuntamente se imputan, en principio, por mitades a cada cónyuge. Cada cónyuge puede deducir su parte hasta el importe máximo de 1.250 €, siempre que cumpla personalmente los requisitos de deducción.
¿Qué requisitos debe cumplir cada contribuyente para poder aplicar la deducción?
Cada usuario debe disponer en el despacho de un puesto de trabajo propio, en la medida concretamente necesaria para su actividad profesional o empresarial. Además, debe acreditarse que allí se ejerce efectivamente una actividad profesional o empresarial y que el alcance de dicha actividad hace verosímil la necesidad de mantener un despacho.
¿Qué base jurídica regula la deducción del despacho doméstico (häusliches Arbeitszimmer)?
La norma aplicable es el § 4 Abs. 5 Satz 1 Nr. 6b Satz 2 EStG. Conforme a ella, los gastos por un despacho doméstico son deducibles hasta 1.250 € anuales cuando no se dispone de otro puesto de trabajo para la actividad empresarial o profesional. El BFH interpreta ahora esta disposición de forma individualizada (referida a cada persona).
¿Qué implica en la práctica el cambio en la jurisprudencia del BFH para los matrimonios en teletrabajo?
Los matrimonios que comparten un despacho en casa pueden deducir fiscalmente hasta 2.500 € anuales, en lugar de los 1.250 € totales aplicables hasta ahora. Requisito es que cada cónyuge cumpla por sí mismo los requisitos de deducción, es decir, que disponga de un puesto de trabajo propio en la estancia y desarrolle allí efectivamente su actividad en la medida correspondiente.
